viernes, 27 de noviembre de 2015

CALATRAVA Y CIUDAD REAL. UNAS NOTAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LA CIUDAD Y LA ORDEN (SIGLOS XIII-XV) V Y ÚLTIMO



Las circunstancias de la guerra sucesoria no cabe duda que trajeron una serie de consecuencias.

Nuevamente van a brotar las fricciones entre la ciudad y la Orden, aunque algo más atenuadas que en épocas anteriores. Como es lógico, los realengos partidarios del bando isabelino corrieron el campo de la Orden, partidaria de Portugal, “en algunas peleas e escaramuças e requentos a donde, e en algunas cavalgadas que fesieron fasiendo la guerra”. Resultado de ello es que “ovieron e tomaron algunos ganados vacunos e ovejunos e otros e asy mismo cavallos e mulas e yeguas e potros e armas e otros bienes
muebles” a gentes de la Orden. Mientras duró la contienda no se planteó problema alguno, pero cuando el maestre firmó su obediencia a los monarcas y estipularon la devolución de bienes secuestrados a sus partidiarios,  los  vecinos  damnificados,  principalmente  los  de  Almagro,  se  apresuraron  a  reclamar.  Su actitud  no  les  sirvió  de  nada,  puesto  que,  a  requerimiento  de  los  realengos,  los  monarcas  decidirían considerar  lo  tomado  como  botín  de  guerra  y,  por  tanto,  no  incurso  en  las  capitulaciones  (113).  Pero procurarían que al menos  las más altas instancias de la Orden no quedasen demasiado perjudicadas, devolviendo al maestre el almojarifazgo de la ciudad que le había sido quitado en agosto de 1475 (114).

Los cambios introducidos por los monarcas a través de las medidas adoptadas no solucionaron la tensión  producida,  máxime  cuando  los  vasallos  de  la  Orden  se  consideraban  tan  perjudicados.  Estos comenzaron,  por tanto,  a  emplear sus  métodos  poco  ortodoxos,  como  ya lo  hicieran  en  ocasiones anteriores. Así en 1478 Juan de Monteagudo, alcalde de la Hermandad, se quejaba a los monarcas de que algunos vecinos del campo de Calatrava se dedicaban a injuriar a los de Ciudad Real cuando éstos salían a sus territorios por leña (115)

(113)    1477,  diciembre  5.  Sevilla.  AGS,  R. G.  Sello,  1477-diciembre,  fol.  422.  En  cambio, la  situación inversa sí fue aceptada por los monarcas, como puede comprobarse por otro documento de igual fecha y fondo, fol. 423.
(114)    1477,  diciembre  15.  Sevilla.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, pp.  3940.  Cit.  DELGADO  MERCHAN, L.: Historia documentada, p. 425, nota 3.
(115)    1478, abril 29. Sevilla. AGS, R. G. Sello, 1478-abril, fol. 19. Cit. SOLANO, E.: Calatrava en el siglo XV, p. 208.
No es momento de estudiar las relaciones mantenidas entre Calatrava y la Hermandad, de sumo interés para comprender muchas cuestiones que se puedan plantear sobre la zona. Hay que tener en cuenta que esta última poseía una estructuración y finalidad que sobrepasaban el marco estricto de la ciudad. En 1975 don A. REPRESA presentó una comunicación sobre el tema a las Jomadas con motivo del VII Centenario del Infante don Fernando de la Cerda, que no fue publicada, pero que debería ver la luz.


De cualquier forma, la solución de las tensiones habidas entre ambas partes fue sin duda favorable  a  la  ciudad. Esta  adquirió  una  situación  de prepotencia  que  hasta entonces  no había  tenido y en ella  se  debieron  apoyar  los  monarcas  para  controlar  el  territorio.  Ello  explicaría  lo  ocurrido  en  1480. En febrero de ese año, un tal Fernando Pérez de Arenas, vecino de Daimiel, jurisdicción de Calatrava, se quejó a los monarcas del robo de unas vacas perpetrados en los Ojos del Guadiana por Diego de Soria y Francisco Mendibur, ambos vecinos de Alcázar, jurisdicción de la Orden de San Juan. La determinación  regia  fue  encargar  el  asunto  al  corregidor  y  justicias  de  Ciudad  Real,  no  a  la  Hermandad, que  hasta  ese  momento  no  habían  aparecido  con  jurisdicción  sobre  el  territorio  de  la  Orden  (116). El hecho se repetiría en 1489 (117).

Las circunstancias eran ya muy otras como para repetir experiencias pasadas. La dilución de las autonomías que ambas partes pudieran tener, potenciada por la actitud de la propia monarquía, parece progresiva.  En  1484  se  produce  el  hecho  contrario  al  relatado.  Mosén  Lope  de  Atuguía,  comendador calatravo de Malagón y montero mayor de los reyes, es comisionado por estos para que junto al corregidor Juan Pérez de Barradas entendiese sobre las diferencias existentes entre los caballeros y escuderos de Ciudad Real y los regidores de la misma (118). La presencia de dicho comendador en la ciudad debió continuar, puesto que en agosto de 1486 los monarcas deciden nombrarlo regidor de la misma y comienza a adquirir bienes en ella (119). Otros vecinos de la Orden, sin duda, también lo harían.

En ocasiones se recurre a la intervención de un tercero, como es el caso del corregidor de Baeza y Úbeda, mandado por los Reyes Católicos para que atendiese una petición de frey Fernando de Mansilla, comendador de las casas de Ciudad Real de la Orden de Calatrava (120).

Esta dilución de autonomías era el resultado de la política mantenida por la monarquía y por la simbiosis a que habían llegado ambas partes. En respuesta a la actitud de la Orden de incrementar su patrimonio  en  el  núcleo,  los  vecinos  de  Ciudad  Real  también  habían  adquirido  más  bienes  en  territorio de aquélla. En 1489, antes de la incorporación a la corona, las gentes de Calatrava se quejaban de los daños causados por los realengos, porque teniendo “en los términos de la dicha orden de Calatrava así colmenares como huertas e otros heredamientos de que son obligados a pagar”, no lo hacían (121). Era tal la situación a que se había llegado que ni incluso los escribanos de la ciudad pagaban las cañamas o derechos de escribanía a la Orden, siendo ésta su propietaria, lo que motivó la queja del maestre y del comendador Rodrigo Flores, encargado de percibirlos (122).


(116)    1480,  febrero  11.  Toledo.  AGS,  R.  G.  Sello,  1480-febrero,  fol.  149;  1480,  junio  20.  Toledo.  AGS,  R.  G. Sello, 1480-junio, fol. 84.
(117)   1489, julio 8. Jaén. AGS, R. G. Sello, 1489-junio, fol. 181.

(118)   1484, septiembre 7. Córdoba. AGS, R. G. Sello, 1484-septiembre, fol. 41.
A esto habría que añadir que el corregidor citado era también comendador de Cieza, de la Orden de Santiago.
(119)    1486,  agosto  27.  Palacios  de  Valduema.  AGS,  R.  G.  Sello,  1486-agosto,  fol.  4;  1486,  septiembre  2. Ciudad  Real.  AHN,  Calatrava,  carp.  469,  núm.  367  (contiene  3  docs.:  el  de  compra  y  de  entrega  a  censo  a  Antón Bravo, así como el de toma de posesión).
(120)   1485, junio 5. Córdoba. AGS, R. G. Sello, 1485-junio, fol 76.
(121)   1489, julio 8. Jaén. AGS, R. G. Sello, 1489-julio, fol. 181.
(122)    1489, agosto 14. Jaén. AGS, R. G. Sello, 1489-agosto, fol. 370; 1491, noviembre 11. Real de la vega de Granada. AGS, R. G. Sello, 1491-noviembre, fol. 189.


Las pendencias surgidas en esos años finales de siglo pasan a ser protagonizadas más por la Hermandad que por la propia ciudad, que sin duda languidecía (123). Esta decadencia se aprecia, entre otras cosas,  en  las  determinaciones  adoptadas  por  el  concejo.  Debido  a  la  mala  situación  económica,  éste prohíbe  a  los  vecinos  de  la  ciudad  ir  a  moler  a  los  molinos  de  “Don  Olalla”,  propiedad  de  Alfonso Gutiérrez de la Cavalleria, vecino de la Orden, en un intento de potenciar los propios, lo cual fue ordenado  por  los  reyes  se  revocase  (124).  Tal  medida  sería  contestada  por  la  gente  de  la  Orden  en  el mismo sentido: prohibición a los suyos de ir a moler a aquellos molinos que fuesen de gente de Ciudad Real (125).

Por estos años, 1490, la Orden había pasado a ser administrada por la corona y se había creado un  Consejo  de  la  misma,  que  residía  en  Almagro  (126),  hasta  que,  creada  la  chancillería  en  Ciudad Real, se trasladó a ella (127). Como tales administradores se hacen cargo de los asuntos de dicha institución y así se les ve actuar con referencia a las escribanías de la ciudad (128). Por otro lado, el susodicho Consejo entiende en asuntos referentes a la ciudad (129).

Por su parte, la situación de la encomienda de las casas de la ciudad era bastante desastrosa. Los escribanos no pagaban y los oficiales que albergaba la alcaicería, propiedad de la Orden, también adoptaban una  postura  similar. Ni pagaban  ni residían en ella, como era su deber (130), pero tampoco se encontraban  en  muy  buen  estado  aquellas  dependencias  como  exigirlo  (131).  Ante  estas  perspectivas, los monarcas optarían por otorgarle ciertas mercedes a fin de que sus pérdidas no fuesen tan elevadas.
En 1493 trasladan a la alcabala de carnes de Ciudad Real el juro de 10.000 maravedís anuales concedido al prior y convento de Calatrava sobre las alcabalas de Córdoba (132). Y en 1498 confirman a la Orden  el  privilegio  que  Juan  II  concedió  al  convento  de  San  Francisco  de  Ciudad  Real,  confirmada posteriormente por Enrique IV. de 2.000 maravedís de juro perpetuo sobre las tercias de la ciudad (133).


(123)   V. doc. citado en la nota 121 y 1490, marzo. Sevilla. AGS, R. G. Sello, 1490-marzo, fol. 389.
(124)   1490, mayo 14. Sevilla. AGS, R. G. Sello, 1490-mayo, fol. 338.
(125)   1490, junio 26. Córdoba. AGS, R. G. Sello, 1490-junio, fol. 161.
(126)   Cfr. el doc. citado en la nota anterior y 1491, julio 28. Córdoba. A. M. Ciudad Real, núm. 35 ; AGS, R. G. Sello, 1491-julio, fol. 87 ; 1491, octubre 31. Córdoba. AGS, R. G. Sello, 1491-octubre, fol. 221 ; 1491, noviembre 12. Real de la  vega  de  Granada.  AGS, R. G. Sello, 1491-noviembre, fol. 211; 1493, enero 30. Olmedo. AGS,  R. G, Sello, 1493-enero,  fol.  191;  1493,  julio  5  AGS,  R.  G.  Sello,  1493-julio,  fol.  127;  1494,  septiembre  27.  Madrid,  AGS,  R.  G. Sellö, 1494-septiembre, fol. 336.
(127)    1496,  julio  5.  Morón.  AGS,  R.  G.  Sello,  1496-julio,  fol.  177.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  43.  Y 1496. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 45.

(128)   1490,  noviembre  8.  Córdoba.  AGS,  R.  G.  Sello,  1490-noviembre,  fol.  14;  1491,  noviembre  11.  Real  de la vega de Granada. AGS, R. G. Sello, 1491-noviembre, fol. 189.
(129)   Cfr. docs, tercero, cuarto, sexto y séptimo de la nota 126.
(130)   1491, noviembre 12. Real de la vega de Granada. AGS, R. G. Sello, 1491-noviembre, fol. 211.
(131)  1490, junio 18. Alcalá la Real. AGS, R. G. Sello, 1490-junio, fol. 10. La situación se venía arrastrando ya desde 1459. Cfr. SOLANO, E.: Calatrava en el siglo XV, p. 207.
(132)   1493, enero 17. Olmedo. AHN, Calatrava, carp. 435, núm. 286.
(133)   1498, febrero 15. Alcalá de Henares. AHN, Calatrava, carp. 435, núm. 289.


Ya  en  1493  la  separación  territorial  entre  la  ciudad  y  Calatrava  parece  totalmente  periclitada. Es lógico que, dadas las circunstancias por las que atravesaba la Orden con su incorporación a la corona, parezca que la ciudad obtiene relevancia sobre ella. Pero es una relevancia en cierto modo ficticia. Más bien se trata de una disolución (134). Esta trajo como consecuencia una mejora de la capacidad de establecimiento  de  los  vecinos  de  Ciudad  Real  en  territorio  calatravo,  debido  al  hecho  de  su  escasez territorial, y que no era nuevo. Pero claramente lo exponen en aquella fecha: “... que bien sabiamos de los muy pocos terminos que esa dicha çibdad tyene e como para en mucha parte de aquellos labrar e criar los vesinos desa dicha çibdad e pasar asy mismo a labrar en algunas partes del campo de Calatrava, porque los dichos términos no les bastan, e traer leñas e otros muchos bastymentos a ella, dis que han de pasar de neçesario el ryo de Guadiana...”, por lo cual demandan la construcción de un puente (135).

Todo ello no obstaba para que la Orden defendiese lo que legalmente le pertenecía, como la corta de leña, sobre lo cual nuevamente pleiteaban en 1496 y aún coleaba en 1500 (136). El establecimiento del  Consejo  de  las  Ordenes  en  Ciudad  Real,  recabaría  para  ésta  el  papel  de  centro  administrativo  del territorio (137). Pero ya las circunstancias eran otras. La Orden no tenía autonomía como para enfrentarse a la corona y, por tanto, a la ciudad.

Por otra parte, si los realengos se habían extendido al territorio calatravo, éstos también se introdujeron en la ciudad, lo que motivaría que en 1506 Felipe I ordenase a los de Ciudad Real que no les vendiesen heredades ni otros bienes (138).

La pérdida de sus características identidades, y que otrora las enfrentara, se había consumado.


(134)   Por un doc. de esa fecha se sabe que “en el lugar de Miguel turra... se acojen muchos rufianes y malfechores que ay en esta tierra, en espeçial todos los que tienen sus mugeres publicas en Çiudad Real, de donde salen de noche y van a la dicha çibdad y fasen e rebuelben muchos ruydos y escandalos ;e antes que sean fallados ni sentidos son bueltos e tornados al dicho lugar...; e tomados a ella, ni el maestro corregidor de la dicha çibdad los puede tomar ni castigar, por no ser de su jurediçion”. 1493, mayo 13. Barcelona. AGS, Ced. Cam., lib. 3, fol. 11 r-v. Cfr. SOLANO, E.: Calatrava en el siglo XV, p. 209.
(135)    1493,  julio  30.  Barcelona.  AGS,  R.  G.  Sello,  1493-julio,  fol.  13.  Reg.  BERNABEU,  E.:
Inventario, pp. 4243.
(136)    1496,  julio  5.  Morón.  AGS,  R.  G.  Sello,  1496-julio, fol. 176; 1500, diciembre 12. Granada. AGS, R. G. Sello,  1500-diciembre,  sin  foliación.  Todavía  en  1506,  agosto  31.  Tudela  de  Duero,  Felipe  I  confirma  el  doc.  de  Fernando IV por el que concede a Ciudad Real que pueda cortar leña y hacer otros aprovechamientos en el Campo de Calatrava. A. M. Ciudad Real, núm. 158 (en conf. de Felipe II de 1588, noviembre 13. Granada).
(137)    1496,  julio  5.  Morón.  AGS,  R.  G.  Sello,  1496-julio,  fol.  177.  Reg.  BERNABEU,  E.:
Inventario, p.  43. Y 1496. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 45.


5.  UNAS REFLEXIONES FINALES

Hasta aquí lo que se conoce, al menos el que esto escribe, de las relaciones entre Ciudad Real y la Orden de Calatrava. Como se puede apreciar, la trayectoria de sus contactos sufre diversas alternativas que cabe considerar como un fiel barómetro del pulso de la ciudad.

Resulta  también curioso constatar, con todas las imprecisiones que puede tener una generalización de este tipo, que poco más o menos cada veinticinco años se produce un acontecimiento calificable de crítico —y no le doy al término un matiz necesariamente negativo— en las relaciones entre ambas partes. A los veinticinco años de su fundación se produce la promesa de donación a la Orden por Sancho IV; a comienzos del siglo XIV surgen los problemas ganaderos y comerciales, de los que no se encontraría  muy  lejos  la  institucionalización  de  la  Hermandad  de  Ciudad  Real;  hacia  1323  se  llega  al período  de  máxima  fricción,  que  desemboca  en  un  enfrentamiento  armado,  interviniendo  poco  después la monarquía en el control de la Orden; a comienzos del reinado de Pedro I se produce una opción del monarca a favor de la ciudad, quedando abierto un paréntesis en sus relaciones; en 1371 aparecen las primeras concesiones a la Orden de bienes en Ciudad Real; de comienzos del siglo XV son las fricciones  que  desembocarán  en  la  concordia  de 1424;  los  años siguientes  abundan  en compras de la Orden en territorio contrario, hasta que en 1449 se produzcan las revueltas urbanas en que dicha institución se verá también inmersa; en 1475 el maestre se encuentra formando parte del bando portugués, con todo lo que ello supuso para la vida de la ciudad; finalmente, comenzaría el declive hasta que ambas partes perdieron su identidad.


No obstante las etapas señaladas, cabe decir de forma genérica que la actitud de la Orden frente a  la  ciudad  evoluciona  desde  la  indiferencia  de  los  primeros  años  hasta  el  enfrentamiento  armado  de 1323 y 1475. Entre ambos extremos se encuentran períodos de presiones, agravios mutuos, buena vecindad, acuerdos, treguas, adquisición de bienes en parte contraria, etc., que se han ido apuntando a lo largo de las páginas precedentes.

Ahora bien, ¿es esto todo? En realidad, es muy posible que no se pueda concluir mucho más de forma  categórica.  Pero  lo  que    parece  más  claro  es  que  el  tema  no  queda  en  modo  alguno  cerrado. Antes  al  contrario,  sirve  de  base  para  plantear  una  serie  de  interrogantes,  de  difícil  contestación  en estos momentos, que rebasan el marco estricto de las relaciones Orden-ciudad, si bien éstas proporcionan datos de gran interés.

Sin ánimo de exhaustividad, algunas cuestiones se abren paso por sí mismas en el panorama expuesto (139).

Las fricciones entre las partes aludidas plantean ya la necesidad de un mejor conocimiento de las relaciones entre la Orden de Calatrava y la Corona. De su insuficiencia se quejaba D. W. LOMAX (140), aunque algo se haya avanzado en este terreno (141). Nadie duda que fuese una institución de gran provecho  para  la  reconquista  y  repoblación  del  reino  castellano  (142),  pero  la  evolución  y  cambio  de  circunstancias  históricas  se  encargarán  de  ir  modificando  el  espíritu  primigenio.  Los  roces  casi  resultan inevitables  y  no  sorprende  que  en  ocasiones  la  Corona  intente  controlar  la  Orden,  aunque  en  otras ocasiones sean sus maestres los que se sitúen en un plano de cierta igualdad respecto al monarca (143).

Otro de los puntos a considerar es cómo se articulan las relaciones de la Orden con instituciones como la Mesta y la Hermandad. El fenómeno ganadero de la zona es conocido en líneas generales, pero poco sabemos de la cuestión aludida (144).


Existe, además, un hecho en el caso analizado que sorprende sobremanera: la variedad de individuos o entidades de la Orden que tienen intereses en la ciudad. No existe únicamente la encomienda. Esta coexiste con intereses de otras vecinas, así como del maestre, del convento, etc. ¿Cómo interpretar  esta  variedad?  Datos  de  interés  quizá  se  lograrían  abordando  la  cronología  y  naturaleza  de  otros establecimientos urbanos de la Orden.

¿Cómo  interpretar  correctamente  ese  monopolio  de  la  venta  del  aceite  en  la  ciudad?  ¿Qué  interés  le  podía  reportar  hallarse  en  posesión  de  las  rentas  del  almojarifazgo  y  las  escribanías?  ¿Meramente  económico?  ...  Los  interrogantes  se  pueden  ampliar  sobre  todos  y  cada  uno  de  los  aspectos. Pero  habrá  que  esperar otros  datos  para intentar  una respuesta  y evaluación más precisa que lleve a conclusiones aceptables. El tema, pues, no queda en modo alguno cerrado.

(138)  1506, septiembre 2. Tudela de Duero. A. M. Ciudad Real, núm. 51.
(139)  Un estado de la cuestión sobre la investigación acerca de la Orden de Calatrava, que aún sigue resultando válido, en el trabajo de D. W. LOMAX citado en la nota 1.
(140)   Las Ordenes Militares en la Península Ibérica, p. 59.
(141)   Cfr. los trabajos de S. de MOXO, L. V. DIAZ MARTIN y E. SOLANO citados con anterioridad.
(142)   Cfr.  los  estudios  del  prof.  J.  GONZALEZ  sobre  Alfonso  VIII,  Fernando  III  y,  sobre  todo,  su Repoblación de Castilla la Nueva.
(143)   Buena  muestra  de  los  primeros  serían  las  actuaciones  de  Alfonso  XI,  Pedro  I  y  Reyes  Católicos.  De  lo segundo, la posición de don Pedro Girón con Enrique IV.
(144)    Siempre  me  ha  sorprendido,  por  poner  un  ejemplo,  la  existencia  entre  los  confirmantes  de  documentos calatravos de un “comendador de las vacas”. ¿Qué ámbito de competencia tenía?


LUIS RAFAEL VILLEGAS DIAZ



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