miércoles, 10 de noviembre de 2021

EL PRIMER MATADERO MUNICIPAL SE CONSTRUYÓ EN LA RONDA DE ALARCOS

 

Exterior de primer matadero municipal que se encontraba en la Ronda de Alarcos



Por R. O. del Ministerio de la Gobernación de 25 de febrero de 1859, se comunicaba a los Gobernadores Civiles, la inexcusable obligación de que, «todas las reses destinadas al abasto público, deberían sacrificarse en un punto determinado por la Autoridad local, llamado MATADERO». Esta imperiosa exigencia, no fue, naturalmente, un capricho del legislador. Respondía fielmente al pleno conocimiento de los peligros que para la especie humana supone el consumo de carnes no inspeccionadas meticulosamente por los Veterinarios.

Posteriormente, a medida que fue conociéndose con más detalles las enfermedades comunes a la especie humana y a los animales, la biología de importantes parásitos en cuyo ciclo biológico figura el hombre y la posibilidad de contaminaciones posteriores al sacrificio de este importante producto alimenticio, la existencia del MATADERO MUNICIPAL, como salvaguardia de la salud de los consumidores de carne, se ha ido haciendo cada día más imperiosa.

Nuestra Capital, en cumplimiento de la Orden de referencia, construyó su Matadero. La placa conmemorativa que reproducimos, nos recuerda la fecha de su inauguración: 1883.

Con toda seguridad podemos afirmar, que en aquél entonces, el Sr. Del Forcallo y Morales que ostentaba la alcaldía, pudo presumir de contar con un Establecimiento modelo. La población de Ciudad Real no llegaba a 15.000 habitantes y los índices de consumo por habitante y día eran infinitamente menores que en la actualidad. Sin necesidad de remontarnos a la citada fecha, tenemos datos concretos que demuestran esta sospecha. Hace 30 años, la carne de dos terneras, duraba una semana en el mercado, mientras que en el pasado año, se sacrificaron y consumieron 15, en un solo día. Igual podríamos decir en relación con los cerdos y demás animales de abasto. De otra parte, por muchos remiendos que se le hayan puesto al edificio construido, no han pasado en balde los 80 años transcurridos desde su construcción. 




Estas circunstancias y la evidencia del concepto moderno del Matadero, no tan solo como garantía de la sanidad de las carnes, sino la imperiosa de aprovechar hasta el límite los subproductos y la seguridad de poder obtener saneados ingresos para las arcas municipales, que nadie discutiría por derivarse de tasas de Servicios remunerativos para los usuarios, han calado hondo en nuestras Autoridades, cuando en las Memorias que anualmente presentamos a su consideración, venimos pidiendo insistentemente la construcción de un moderno Matadero, sin lujos, pero con las suficientes garantías para acomodarlo a las exigencias sanitarias y económicas de la hora presente.

La obligada preocupación por los servicios que tenemos encomendados, nos acucia constantemente a dar al Matadero una moderna orientación funcional. Aunque constituya inmodestia, tenemos que decir, que contamos con servicios, tales como, el Seguro de Decomiso, la investigación laboratorial y la ordenación administrativa de régimen interno, que han sido copiados por muchas Capitales. Pero lógicamente, no es posible sacar de esta ordenación el rendimiento posible, debido a las dificultades que constantemente están planteando las anticuadas y, hasta en ocasiones ruinosas, instalaciones.

La comprensión plena de estos razonamientos por nuestra Autoridad local, justifican su impaciencia por resolver este importante problema de sanidad local. No olvidamos que las circunstancias mandan más que la voluntad y que no es fácil disponer de los 5 millones y pico que supone el presupuesto para hacer realidad el magnífico proyecto, ya redactado por los Servicios Municipales de Arquitectura. Como conocemos el tesón de nuestro Alcalde, esperamos que en breve plazo podremos asistir a la colocación de la primera piedra del nuevo Matadero, en el amplio y bien orientado terreno, adquirido por el Ayuntamiento a estos exclusivos fines.

 

Boletín de Información Municipal. N.º 4, 10/1961



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