miércoles, 21 de octubre de 2026

CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO HISTÓRICO, GEOGRÁFICO, BIOGRÁFICO Y BIBLIOGRÁFICO DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL (I)

 



El Rey D. Alonso el Sabio, llenando un alto fin político de tener en el Campo de Calatrava una plaza, que á la vez que se daba la mano con Toledo y Córdoba, contrarrestara el poder y pujanza de la ya temida Orden de Calatrava, determinó fundarla en el término de Alarcos, antigua ciudad de Oretania, conservada en el señorío realengo ó de la Corona de Castilla, bien á pesar de las ambiciones de la Orden y sin tener para nada en cuenta sus pretendidos derechos.

Siendo inútiles cuantos esfuerzos habían hecho los Reyes por repoblar á Alarcos desde su reconquista en 1212, porque lo insano del lugar retraía á los pobladores ó alejaba prontamente á los que en él intentaban fijar su asiento; Alonso X concibió la feliz idea de crear una "grand Villa é bona: é que consservasse, é tuviesse entre todos por fuero, é que fuesse cabeza de toda aquella Tierra” en una de sus aldeas llamada el Pozuelo de Don Gil, al que hizo variar este nombre. por el de Villa Real(1).

Con el objeto de llamar pobladores á aquel lugar, concedióles D. Alonso los privilegios y franquicias siguientes: "E yo sobre dicho Rey D. Alonso. doles, i otorgoles para siempre jamas, é á todos los moradores, que fincassen en Villa Real, la sobredicha, e entodo su termino, que hayan el fuero de Cuenca en todas cosas. E do de mejoria á los Cavalleros, que ayan aquellas . franquezas en todas cosas, que han los Cavalleros, de Toledo, é quítoles, é franqueoles á todos comunalmente, que non cien Portadgo en ninguna de las partes de nuestros Reynos, sacando en Sevilla, é Toledo, é Murcia, en que quiero que lo den. E do á esta Villa sobre dicha, que aya por Aldeas, é por Termino Zuheruela, é Villar del Pozo, é la Figueruela, é Poblet, é Alvalat, en todos sus términos.... Fecha la Carta en Burgos por mandado del Rey, siete días andados del Mes de Febrero, en Era 1293 ---año 1255 ---(2)




 Para explicar satisfactoriamente cómo pudo cumplirse la predicción del rey Sabio, de convertir el pobre lugar de Pozuelo de Don Gil en grande y poderosa villa, precisa el que antes de dar cuenta de otros muchos privilegios con que fue enriquecida por la generosidad de los Monarcas de Castilla, vamos á conocer el mejoramiento social, que adquirían sus moradores con a mencionada carta y al gozar del Fuero de Cuenca con los nuevos y extensos términos; que le fueron agregados. Ya fuese este importante fuero dedo por Alfonso XI de Aragón a Teruel, como quiere Muñoz Romero, ó ya por Alfonso VllI á Cuenca, como pretende Martínez Marina, ello es, que en la legislación antigua, "ninguno hay comparable con el, ora se considere la autoridad y extensión que tuvo este cuerpo legal en Castilla, ora la copiosa colección de sus leyes, que se puede reputar como un compendio de derecho civil. Era este fuero tan respetable en tiempo de Don Alonso el Sabio, que o solamente le manejaban y estudiaban los jurisconsultos, sino que también cuidaban de cotejar sus leyes con las de aquel Rey. Los famosos fueros de Consuegra, Alcázar, Alarcón, & están tomados literalmente de este(3). No es menos notable el privilegio de los Caballeros de Toledo, del que igualmente habían de gozar los hidalgos de Villa Real. No pagaban éstos diezmo ni tributo alguno al Rey, ni a señor de la tierra, ni á otro alguno; y tanto de lo que labraren en heredad ajena, tonto de sus bienes propios, habían de estar libres é inmunes de toda exacción ó gravamen(4). La tendencia de los caballeros de Calatrava a residir en Villa Real, la que inútilmente combatieron los Capitulos Generales, los Maestres y Reyes, a más de la mayor comodidad y holgura que les prestaba su crecido vecindario, radicaba en estas inmunidades y franquicias.

La Crónica de Alfonso X consagra un capitulo á la fundación de Villa Real, y si no fuera común entre los historiadores, que el cronista del Rey Sabio llenó de fábulas su obra, bastaría á demostrarlo lo que á Ciudad Real concierne. El P. Mariana, que fielmente le siguió, incurre en los mismos errores. No acertó tampoco el sabio jesuita al decirnos, que al fundar el Rey de Castilla á Villa Real, "pretendía en esto, que por estar este pueblo asentado en la raya de Andalucía, sirviese como de un fuerte ó baluarte, para impedir las entradas de los bárbaros, y para que dende los nuestros hiciesen correrías y cabalgadas(5); pues ni Villa Real estaba cercano á la frontera, ni su posición tiene ninguna de las condiciones que e exigía la estrategia militar de aquel tiempo, para constituir una plaza de guerra. El pensamiento que impulsó á los Reyes de Castilla, para repoblar, aunque sin resultado, á Alarcos, y el que movió á D. Alonso á fundar á Villa Real sobre la aldea Pozuelo, consignado queda ya, y lo ha de comprobar suficientemente su historia y hasta si se quiere su nombre, no exento de marcada significación(6).




Ordenó Alfonso X á los de Villa Real que á la vez que construían sus casas levantaran también su Alcázar, autorizándoles para sacar libremente maderas para estas obras de todo el Campo de Calatrava; y por que los de la Orden vieron siempre con malos ojos la predilección é interés con que el Monarca de Castilla atendía á esta nueva población y trataran de estorbarla por todos los medios que estaban á su alcance, prohibeles el Rey bajo rigorosas penas, que impidan á sus vasallos y á los de fuera de la Orden el venir á poblar á Villa Real y á los concejos de Cuenca, Alcaraz y Alárcos les da a saber el privilegio que aquéllos tenían de poder libremente sacar madera, de sus términos para edificar sus casas --1263-- El desorden y desgobierne, característico á aquel reinado y las poderosas ambiciones coaligadas contra la nueva población hicieron, que estas franquicias no fuesen en todo tiempo respetadas, y sin fuerzas, ni prestigio la autoridad real para hacerse obedecer, los nuevos pobladores de Villa Real confiaran á las armas y á su valor la defensa de sus queridos fueros, obligando á la poderosa Orden de Calatrava á capitular, sancionando su primer convenio en Calatrava la Vieja doce años después de haber recibido del Rey Alfonso X sus privilegios(7).

Este Monarca pudo ya habitar su Alcázar, cuando se dirigía á guerrear contra el rebelde musulmán, y a su primogénito D. Fernando dióle igualmente albergue, cuando congregando todas las fuerzas cristianas intentaba contener a Jacub, el cual como torrente furioso, sembró la desolación y la muerte en Andalucía, amenazando también á Castilla. El Infante sintió aquí los primeros síntomas de la enfermedad cruel, que á los pocos días había de concluir con su vida, muriendo el 25 de Julio de 1275; "lleváronle á enterrar á las Huelgas de Burgos, dice la Crónica, ca allí avía el escogido su enterramiento”(8). El infante D. Sancho, segundo hijo de D. Alfonso, que desde Burgos venía también á la guerra con gran refuerzo, supo en el camino el fallecimíento le su hermano y á marchas forzadas se dirigió á esta villa, y, ganando de Lope Diaz de Haro y demás ricos hombres y caballeros, que, afín aquí se encontraban, se hizo proclamar heredero del Reino, á la vez que enviando á todas partes refuerzos, atendía á las necesidades de la guerra, demostrando ya, aun cuando sólo contaba 18 años, su gran esfuerzo y la ambición que alimentaba en su pecho.




(1) El pozo de D. Gil, del que esta aldea tomó su nombre, estaba en la Plaza del Pilar entre el puente y la primera casa de la calle que va a la puerta de Alarcos, lo mandó cegar el intendente Conde de Benagiar porque estorbaba para el paso de su coche -1764- Laurent Echard en su Diccionario Geografico la llama Philipopolis con la misma razón que Nebrija y el autor de la Bula de Institución del O. Priorato Clunia.

(2) Carta puebla-M.S.-Bib. Nac.-P.V.-C.3-núm. 13-Arch. Municipal-

(3) Ensayo hist. Crit. Sobre la antigua legisl. De León y Cast.-núm. 126.

(4) Colección de Fueros-Muñoz Romero- pág. 384.

(5) Libro XIII-Cap. 15.

(6) Véase su Sentencia en el Pleito de la Orden con Bolaños.

(7) Archivo Munic. De Ciudad-real.-Leg. N. 27.

(8) Crón. De D. Alf. X.-Cap. 55.

 

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