2. Cuantificando comportamientos: datos y procedimiento metodológico
La cuantificación no es, ni de lejos, el medio más apropiado para analizar modos desser y actitudes ante la vida. No en vano, siempre que se recurre a ella se corre el riesgo de fiar cualquier análisis a un frío elemento si, después, no se desciende a lo cualitativo y se observa la realidad desde otros puntos de vista. Por ello, y antes de continuar, se imponen unas breves consideraciones procedimentales. Primero de tipo cronológico. En ese sentido, el periodo de tiempo analizado en este trabajo comprende los veinticinco años que median entre 1585 y 1610.
Las razones que han llevado a elegir ese intervalo cronológico son varias. En primer lugar, cabe apuntar a la representatividad de las fuentes. En ese sentido, el Archivo Histórico Provincial de Ciudad Real dispone de series de protocolos notariales desde mediados del siglo XVI (34); sin embargo, las pérdidas documentales y el mal estado de conservación de los legajos más antiguos impiden que pueda hablarse de cierta continuidad hasta, al menos, mediados de los propios años ochenta. En último término dicha contingencia ha obligado a acotar temporalmente la muestra elegida, quizás más de lo que sería deseable (35). Por suerte, y para contrarrestar los problemas que se pudieran derivar de las carencias señaladas más arriba, el investigador dispone del censo elaborado en 1586, lo cual supone un importante punto de anclaje a la hora de conocer la estructura demográfica y socioprofesional de la ciudad; también el número exacto de hidalgos y la identidad de los cabeza de casa de dicho estamento, algo que facilita su posterior identificación en los contratos nupciales que se han analizado. Finalmente cabe añadir que son años especialmente importantes desde el punto de vista económico. No en vano, nos situamos ante el comienzo del declive económico de la ciudad, resultado de la evidente mutación que había comenzado años atrás pero que terminó por verse condicionada por la expulsión de la minoría morisca, justo el momento en el se ha delimitado por arriba nuestra muestra.
Con esos antecedentes, el conjunto
analizado corresponde a treinta y una familias para las que disponemos de
veintidós escrituras de dote y arras; nueve de dote y cinco de dona (36). En total, pues,
y dado que las escrituras de arras siempre aparecen junto a las de dote, estaríamos
hablando de un conjunto de treinta y seis escrituras, en las que aparecen más
de cuatro mil entradas distintas.
En relación con el valor de los inventarios analizados, el primer dato que cabe señalar tiene que ver con el montante total que cada concepto aporta al conjunto. En ese sentido, la tasación final de los objetos incluidos en las dotes representa el 82,8% del total inventariado, mientras que lo catalogado en arras y donas alcanza valores más modestos (9% y 8,2% respectivamente).
Aclaradas esas cuestiones, lo primero que
llama la atención es la concentración de lo enumerado en las cartas de arras y
dona en torno a muy pocas categorías. En el caso de las arras, más del 90% de
los conceptos señalados corresponde a capital dinerario (dinero en metálico en
la mayoría de las ocasiones aunque no faltan escrituras de deuda a favor,
censos y juros). El resto de bienes aportados por los esposos en las arras se
corresponde con esclavos, joyas, mobiliario y ropa domésticos y vestuario
femenino. En esencia, la situación es la misma en el caso de las donaciones
aunque todo indica que los futuros esposos se inclinaron por incorporar a estos
contratos una mayor cantidad de bienes raíces, posiblemente porque de lo contrario,
y al ser éstos de un valor considerable, podían contravenir la prohibición de
que las arras superaran el valor máximo establecido en la legislación del
momento (37).
En el caso de las dotes la situación es completamente distinta. Bienes raíces y capital dinerario acaparan el grueso de las mismas (66,2% de media). Se trata de aquellas categorías que, en principio, debían constituir los conceptos más cuantiosos en tanto que los bienes incluidos en ellas aseguraban parte del sostenimiento económico de la futura familia (38). La situación es especialmente visible, por ejemplo, en el caso de la escritura de dote más rica de cuantas se han documentado, la otorgada en 1601 a favor de don Gonzalo Muñoz de Loaisa por don Juan Fernández Treviño, padre de doña Elvira Treviño y miembro de uno de los linajes con más tradición en la ciudad. La dote de doña Elvira, que ascendió a casi 125.000 reales, estuvo acompañada de otros 1.000 ducados en metálico en concepto de arras, a los que se añadieron las posteriores donaciones del esposo, todas ellas en bienes raíces valorados en más de 35.000 reales (39).
Concentrémonos en la dote de doña Elvira y
podrá observarse cómo su estructura apenas difiere de los datos generales
señalados para el conjunto de la ciudad. De hecho, las mayores diferencias
vienen dadas por el relativo poco peso que en su caso tuvieron los bienes inmuebles
(12,5 puntos por debajo de la media), mientras que ganado y joyas parecen ser mayores
(14,6 y 5,8 puntos respectivamente). Por lo demás, e incluso teniendo en cuenta
que la Treviño no aportó ni ropa masculina, ni esclavos ni libros, todos los
conceptos parecen adaptarse a lo ya observado. Es así como podrían señalarse
dos grandes bloques. El primero y más rico incluyó bienes raíces, dinero,
ganado y joyas; su valor ascendió a un significativo 67,6% del total de lo
aportado al matrimonio. Constatada su importancia, son, sin embargo, los
conceptos que debido a la naturaleza de estas líneas importan menos. Por ello
habría que fijarse en ese segundo bloque –menos rico pero más complejo–,
formado por herramientas y utillaje, mobiliario y ropa domésticos, menaje del
hogar, ropa femenina y productos en especie, partidas que nunca superan de
manera individual el 6% del total pero cuya importancia hay que calibrar en
función de su utilidad y simbolismo (40).
(34) Los primeros
legajos disponibles datan de 1559.
(35) En torno a los
problemas de representatividad de la dote véase BRUMONT, F., “Le mariage,
passeport pour l’ascension sociale: à Logroño au XVIe siècle”, en ALMARIC, J.
P. (comp.), Pouvoirs et société dans l’Espagne moderne. Hommage à Bartolomé
Bennassar, Toulouse, Presses Universitaires du Mirail, 1993, pp. 89-90.
(36) Para una
descripción del significado de cada concepto véase FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y
PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas granadinas y sevillanas.
Cambios y adaptaciones de una cultura material”, en LOBO DE ARAÚJO, M. M.ª y
ESTEVES, A. (coords.), Tomar Estado: dotes e casamentos (séculos XVI-XIX),
Braga, CITCEM-Centro de Investigação Transdisciplinar ‘Cultura, Espaço e
Memória’, 2010, pp. 129-131. Véase también CEPEDA GÓMEZ, P.: “La situación
jurídica de la mujer en España durante el Antiguo Régimen y Régimen Liberal”,
en GARCÍA-NIETO APARICIO, M. C. (ed.), op. cit., pp. 181-193.
(37) Establecido en la
Ley 50 de Toro en una décima parte de los bienes del marido.
(38) Brumont (BRUMONT,
F., “Le mariage, passeport...” art. cit.) constata realidades semejantes para
el caso de Logroño. No así M. C. Barbazza en Pozuelo de Aravaca (BARBAZZA, M.
C. , “Les paysans et la dot: un exemples de quelques pratiques en Nouvelle
Castille (1580-1610), en Melanges de la Casa de Velázquez, 25 (1989), pp. 163 y
ss.). Sin duda es a raíz de este último trabajo donde más claras quedan las
diferencias sociales en relación a la composición de los contratos
matrimoniales pues las escrituras documentadas por la historiadora francesa
(correspondientes a un periodo de tiempo muy similar al elegido por nosotros)
se refieren en su inmensa mayoría a “aldeanos y campesinos de condición
modesta”. Si se atiende a otros casos castellanos, la situación es muy similar
a la observada en Murcia por R. Sánchez Ibáñez y otros, donde ropa, mobiliario
y menaje constituyen el grueso de las dotes estudiadas por dichos autores; o en
Valladolid y las zonas rurales de su actual provincia, donde, además, García
Fernández introduce el factor de diferenciación campo-ciudad. De cualquier
modo, en estos dos últimos casos las diferencias temporales (se refieren al
XVII y XVIII) y las relativas al universo de estudio (se trata de análisis no
centrados exclusivamente en la nobleza) invitan a mantener cierta cautela.
Véase SÁNCHEZ IBÁÑEZ, R.; AZORÍN, J.; TENZA, M.ª E.; BUENDÍA, E.; GABALDÓN, R.
y ZAMBUNDIO, L., “El papel de la mujer en el sistema de transmisión de bienes.
Notas sobre la dote en Murcia, 1690-1710”, en IRIGOYEN LÓPEZ, A. y PÉREZ ORTIZ,
L. A. (eds.), Familia, transmisión y perpetuación (siglos XVI-XIX), Murcia,
Universidad de Murcia, 2002, pp. 89-104 y GARCÍA FERNÁNDEZ, M., “Herederos y
beneficiarios. Igualdad hereditaria o heredar lo mismo”, en IRIGOYEN LÓPEZ, A.
y PÉREZ ORTIZ, L. A. (eds.), op. cit., p. 132.
(39) Entre ellos un
colmenar, una casa-tienda y una casa-mesón, diez aranzadas de viñedo y
múltiples parcelas de tierra de entre las que cabría destacar las veintisiete
cahizadas “repartidas en distintos pedazos”, situados en la villa de Alcolea de
Calatrava y valorados en más de diez y nueve mil reales.
(40) Parece contrastado que la dote se hace más diversa en relación a los objetos contenidos a medida que aumenta la riqueza de los otorgantes. Véase el análisis que al respecto hizo para el caso riojano F. Brumont en “Le mariage, passeport...” art. cit., pp. 92 y ss.



















