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jueves, 22 de octubre de 2026

CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO HISTÓRICO, GEOGRÁFICO, BIOGRÁFICO Y BIBLIOGRÁFICO DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL (II)

 



Esta pasión, que era la nota dominante de su carácter, era alentada por los desaciertos de su padre en el gobierno de la nación y descontento de la nobleza. No podía ignorar D. Sancho, que á esta aguijoneaba en su rebelión contra el Rey su padre su insaciable ambición, y por esto, para atraer á los nobles á su partido, no escaseó las mercedes, ni escatimó las promesas. La Orden de Calatrava tomó no pequeña parte en estas revueltas, y como quiera, dice la Crónica de Alfonso XI, que desde la fundación de Villa Real, 'trabajaba de facer mucho mal et mucho daño á los de Villa Real porque eran del Rey, otros¡, porque faciendoles el mal se herniaría aquella: bien fuera que pusiese, por precio á su adhesión a los tenebrosos planes del hijo rebelde la cesión de esta codiciada villa ó que D. Sancho, para mejor atraer á su partido elemento tan influyente y poderoso, la ofreciese, ello es, que hallandose en Córdoba á 7 de Agosto de 1280, expidió el documento siguiente: “Sepan quantos esta Carta vieren. como yo Infante Don Sancho..... por facer bien, é merced á vos Dan Joan Gonzalvez Maestre de la Orden y Caballeria de Calatrava, é á la Orden desde mismo lugar, dovos la villa de Villa Real, con todos quantos derechos Nos i habemos, con entradas é con salidas; salvo ende moneda forera, et que, la hayades vos, é la Orden daqui adelante para siempre jamas, é que fagades como de, lo vuestro, para vender, para empennar, é para facer de ello toda vuestra voluntad.....„ Dos años después a instancias repetidas de, la Orden. confirmaba D. Sancho esta donación. pero comprendiendo también á Alarcos(1). La preferencia que en to lo tiempo dieron los castellanos al señorío, realengo sobre el particular y la rivalidad ya existente entre la Orden y los de Villa Real hizo, que éstos resistieran á la orden de D. Sancho; favoreció su noble empresa la tenáz lucha entre padre e hijo empeñada y las gestiones que sus diputados hicieron, logrando merced a su constancia y esfuerzos repetidos, el verse libres de la dominación y señorío de los ambiciosos caballeros de Calatrava.

Semejante triunfo y victoria tan apetecida carne disputada no les hizo dormirse sobre sus laureles, sino que juntos todos los moradores de la Villa Real hacen confederación y pacto de no darse á hombre poderoso y permanecer siempre, fieles vasallos de los Reyes de Castilla y celebraron hermandad con los concejos de Extremadura y Toledo para mutuamente ayudarse en la defensa da sus fueros y privilegios. – 1290 –(2)

Esta fidelidad y amor a los Reyes con tanto valor sostenida fué siempre muy del agrado de listos, así es, que no le escasearon sus mercedes. El infante D. Federico no solamente renueva y pone en vigor el antiguo privilegio de Alfonso X, de poder extraer leñas y maderas del territorio de la Orden, sino que concede a Villa Real por el tiempo de diez años exención completa de toda pecho y tributo á la Corona,-- 1281--franquicia que por espacio de siete años había ya gozado en el reinado de Alfonso X. Confirma D. Juan I á sus vecinos en el goce del fuero real y privilegio de caballeros; D. Juan II en 1417 ratifica cuantas concesiones habían obtenido de sus predecesores; dan los Reyes Católicos á esta ciudad en 1504 las ordenanzas de Valladolid, y conociendo cuanto importaba su conservación, no sólo envían poderosos auxilios á sus vecinos, para sacudir el yugo del Maestre de Calatrava, sino que les conceden, que de muros adentro sean libres de pedido, moneda y martiniega; (3) hallándose la Reina Isabel en Membrilla á 7 de julio de 1477 otorga exención de bagajes a los hijosdalgo, dueñas y doncellas de esta ciudad, y en 15 de Octubre de 1485, que estaba aquí, satisfizo por completo el memorial de peticiones que le presentó su concejo. Confirmó todos estos privilegios el Emperador en 1506, autorizando á sus vecinos para que pudieran usar daga y espada en 1521.



Apenas Villa Real se vió libre de las garras de la Orden de Calatrava, cuando hubo de defenderse contra una provisión real, que tendía á menoscabar su libertad y á sujetarle al yugo particular, que tanto odiaba D. Alfonso XI de Castilla concedió á D. Leonor Fernández, doncella de D. Leonor de Guzmán, el derecho de dar las varas á sus alcaldes ordinarios; preeminencia de que ya gozaban los comendadores en el Campo de Calatrava --1334-- Tuvo el buen acuerdo este concejo de escribir á la encumbrada dama manifestándole, ser aquel derecho contra los fueros de la villa, y respetuoso suplicaba, tuviese á bien interponer su poderosa influencia con el Monarca para conseguir su derogación; accedió gustosa y deferente, y Villa Real se vió libre de esta servidumbre.

D. Juan I, que se, había interesado por la suerte de León V, Rey de Armenia, preso por el Soldan de Babilonia, cuando llegó a Castilla para darle las gracias, además de obsequiarle con grandes fiestas en Segovia, donde se hallaba celebrando Cortes, le hizo donación de Villa Real por los días de su vida no sin empeñar su palabra real, que de allí en adelante no la daría á otro, sino que él conservaría en su Corona. --1353-- ¡Tan firmes y enérgicas serian la, representaciones de esta villa, que obligaron al Monarca castellano á alentar á sus vecinos con la esperanza, de que no habían de pasar otro señorío! Pero su hijo D. Enrique III no se creyó obligado á la promesa de su padre, y en 1396 hizo merced de esta villa á Dª. Beatriz, su madre, ordenando sí, que á la muerte de ésta no se volviera á enagenar(4). Tampoco se creyó obligado D. Juan II, su hijo, á respetar la forzada cláusula, al hacer las paces con su hijo D. Enrique y devolver la tranquilidad al reino hizo donación de esta villa á su mujer Dª. Blanca de Navarra; pero sus vecinos hubieron de manifestar sus fueros, y tan acertadamente diridieron sus pretensiones, que el Rey de Castilla no se contentó con revocar su donación, sino que confirmó además sus amados privilegios. --1442-- Poco tiempo duró á los vecinos de Ciudad-Real el gozo de verse libres de dominio extraño, pues condenada estaba su libertad e independencia á, padecer de tiempo en tiempo eclipses, que la habían de hacer para ellos más apetecida y estimada D. Enrique IV la dá en dote á su mujer Dª. Juana de Portugal en 1455: dejando esta señora como recuerdo de su señorío la torre del Alcázar, que mandó edificar en el sitio que ocupaban unas casas que había junto á él, las que adquirió a este objeto; --1473-- debiendo además á Dª. Juana los vecinos de Villa Real la exención de todo perdido y moneda forera.

La historia de Ciudad-Real en la Edad Media toda está como reconcentrada en la lucha porfiada y sangrienta con la Orden de Calatrava, que principió con la concesión de franquicias y privilegios de Alfonso X, la que se templó con la trascendental reforma que sufriera la Orden de Calatrava al ser incorporada á la Corona, pero cuyos vestigios duran aún hasta el reinado de Carlos III, defendiendo siempre esta ciudad las regalías que les concedieran los Reyes de Castilla. Enumerar todas las peripecias y lances de la continua lucha, hacer mención, siquiera fuera ligera, de los combates, atropellos y atentados contra las personas por una y otra parte beligerante realizados, dar cuenta de los pactos y concordias en los que Maestres, caballeros y concejo se prometían hoy buen trato, cordialidad mútua y respeto sincero de sus respectivos derechos, para quebrantarlos mañana confiando sólo en la fuerza de las armas, á la venganza y á la violencia su custodia y defensa; y referir, por último, los perdones generales que los Reyes de Castilla se vieron obligados á dar desde Alfonso XI hasta D. Juan II y los Reyes Católicos, para que á los vecinos de Villa Real y vasallos de la Orden no le fuesen mútuamente imputados los robos, muertes y toda clase de delitos cometidos al calor de la refriega y con el cebo siempre mortífero de la venganza, ocuparía muchas páginas, sin que de relato tan sombrío pudiera otra lección sacarse, sino es, cuánto unos y otros se apartaron del espíritu religioso y patriótico que animó á sus padres, aquéllos héroes de nuestra Reconquista que manejando al igual el arado v la espada pusieron el cimiento de nuestra libertad y riqueza. Nos detendremos, sin embargo, en sus rasgos más salientes, que aunque la sobriedad y concisión aquí se nos imponga, no nos es permitido el pasar por alto tres siglos, los más característica e interesantes de la historia de este pueblo.




(1) Bula O. de Calatrava Indice del Archivo del S. Convento fol. 64-108-

(2) Inventº de Escrit. Y privil-Leg. 27- Las famosas Hermandades de Castilla y León, que tan grande importancia alcanzaron en la Edad Media tuvieron su origen en el antagonismo que surgió entre las organizaciones oligárquicas de la sociedad antigua y la nueva vida municipal. El Instituto de Conservación de las villas y ciudades en su lucha sin tregua ni descanso terminaron la aparición de estas confederaciones, las que los Reyes, lejos de prohibirlas, fomentaron su formación, por hallar en ellas un apoyo en su lucha con la nobleza. Declaran además en esta los procuradores que lo hacían “por rrazón que nuestro ssennor el Rey es tan pequeño que no nos puede ende ffacer auer derecho e enmienda ffasta que nuestro señor Dios le llegue a hedat-Las Hermandades de Castilla y Leon-Pujol y Alonso-

(3) Monedas, Martiniega-Véase Apéndice 1º.

(4) Legajo núm. 27-Invent. De Escras, y privilegios.


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