Cuando escribí en 1896 el primer tomo de
la Historia documentada de Ciudad Real, dedicado muy especialmente á la de los
judíos instalados en ella á raíz de su fundación, fueron inútiles cuantas
pesquisas hice por encontrar su fonsario ó lugar de enterramiento, dato que
podía servirme de comprobante para no pocas noticias de las consignadas en
dicho libro.
Era indubitable su existencia, pues en
la donación hecha por Enrique III en 1393 á Gonzalo de Soto, su Maestresala, de
la sinagoga mayor que aquí tenían, donde fue después convento de Santo Domingo,
se menciona el coto fonsario juntamente con otras heredades que poseían en el
término de esta capital. Y bastaba saber la importancia y crecimiento que en
ella tuvo el pueblo hebreo durante la segunda mitad del siglo XIII y casi todo
el XIV, y el respeto y veneración con que guardaban sus restos los hijos de
Judá, para poder certificar del hecho.
Pero mientras mis exploraciones acerca del paradero y destino de la
sinagoga de la calle de la Mata fueron de un éxito completo, nada pude
averiguar respecto á tan sagrado lugar ni al sitio de su emplazamiento,
capacidad y extensión superficial. El incendio del archivo municipal en 1396,
el trasiego de documentos y papeles de unas partes á otras, la indolencia
característica en los moradores de este suelo, y por último, el desdén y
repugnancia con que se mira siempre todo lo referente á la raza judaica, eran
motivos sobrados para creer que todo había desaparecido con el andar del
tiempo, no quedando más que el terreno de las conjeturas y de las hipótesis,
dentro del cual hice algunas indicaciones á este propósito. Felizmente no ha
sucedido así. Un documento curiosísimo, hallado entre los muchos que contiene
el archivo de la Delegación de Hacienda por el ilustrado é infatigable
archivero Sr. Tolsada, ha venido á descubrir lo que con tanto empeño había yo
en balde pescudado. Merced á él puede fijarse hoy, á los 510 años de haberse
cerrado el cementerio de los judíos de Ciudad Real, el sitio en que estuvo
instalado y las dimensiones que tenía su terreno, siendo probable que si se
practican, como pienso, algunas excavaciones, se dé todavía con los sepulcros
de piedra en que aquellos solían enterrarse.
Se trata del traslado de una escritura
de venta de dicho terreno, sacado judicialmente del original, en el que están
incorporadas una carta y una sobrecarta de merced, hechas por la reina doña
Beatriz, dueña del señorío de Villa Real por voluntad de su esposo Juan I de
Castilla, en los años de 1412 y 1413, á Juan Alfonso, escribano del rey y
criado de la reina, vecino de dicha Villa Real, cuyo traslado va signado por el
escribano del rey y su notario público D. Fernando Alonso de Coca; su fecha dos
días del mes de Agosto de 1452.
De los antecedentes históricos recogidos
por mí y los que se desprenden del mencionado documento, resulta demostrado que
al ocurrir los atropellos y matanzas de los judíos de España en 1391, reinando
Enrique III el Doliente, llevados á cabo en nuestra hoy capital con sanguinaria
crueldad, huyeron de ella muchos para salvar sus vidas convirtiéndose los
demás, y principalmente los más ricos, aunque de manera simulada, á la religión
cristiana. Dos años después de aquel acontecimiento, aparece la donación de la
sinagoga mayor y del fonsario al ya referido Gonzalo de Soto; tres más tarde, ó
sea en 1396, consta por escritura que éste los enajenó á Juan Rodríguez,
tesorero del rey en Toledo y vecino de Villa Real; el cual á su vez hizo merced
de dichas propiedades al convento de Dominicos de Sevilla, otorgando escritura
al P. Prior del mismo en Enero de 1399, á condición de que se fundara en el
lugar ocupado por la sinagoga judaica un monasterio de la Orden de Santo
Domingo, como se verificó.
¿Qué hicieron los frailes del coto del
fonsario? ¿Á que usos lo destinaron? Lo ignoro por completo; siendo lo único
cierto que trece años después aparece donado por la reina doña Beatriz al
citado Juan Alfonso en remuneración de algunos servicios prestados por éste,
según se dice en las cartas de merced de que dejo hecha
referencia. Es indudable que perteneciendo á su señorío particular no respetó
la cesión anteriormente hecha, y dispuso de él como soberana dueña, y esto se
deduce del texto literal de la segunda carta ó sobrecarta expedida un año después
de la primera á petición del agraciado, en virtud de que algunos moradoras de Villa
Real se disputaban la pacífica posesión de dicho fonsario. La reina dice en
ella al Consejo, Corregidor, Alcaldes, Alguaciles, etc., de Villa Real, que no
le pongan embargo al dicho Juan Alfonso impidiéndole la tenencia y disfrute de
aquel terreno, del que le había hecho merced en su primera carta fechada en
Valladolid, 10 de Agosto de 1412, «la que
de derecho enteramente le yo pude faser porque pertenesce a my e al my Señorio
e le yo pude dar e faser de merced al dicho Joan Alfonso», amenazándoles, si
lo contrario hiciesen, con la pena que el derecho usual marcaba en aquella
época . Esta segunda carta lleva la fecha de 23 de Mayo de 1413, y fué expedida
por doña Beatriz en la ciudad de Toro.
El
Decreto de la Alhambra o Edicto de Granada fue un decreto editado en la
Alhambra el 31 de marzo de 1492, por los reyes recién llamados Reyes Católicos,
Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla, en el cual se obliga a todos los
judíos de la península Ibérica a convertirse al catolicismo o ser expulsados,
con término el 31 de julio de 1492
Consta todo el documento de cuatro hojas
de papel de hilo, biela conservado á pesar de los 449 años transcurridos desde
que se usó. La primera hoja está partida por el doblez en dos mitades iguales, y
algo borrosos los renglones de los dos lados en de dicho doblez; las otras se
conservan enteras. La letra es la acostumbrada en los documentos procesales del
siglo XV, llena de rasgos, sin mayúsculas ni signos ortográficos y plagada de
abreviaturas. Lleva sobrecubierta de distinto papel; y los caracteres, con que
están escritos en ella el título y asunto de su contenido, son, en parecer mío,
del siglo XVIII, opinión deducida de la confrontación que he hecho con otros
documentos escritos en Ciudad-Real en el referido siglo. Tiene borrado el
número de orden de cajón y legajo primitivos, y sobre él aparece el número 29 moderno;
después, este epígrafe: Essª de Robra del
Osario de los Judíos. Número 5.
El motivo de haber ido este documento á
parar al Archivo de la Administración de Hacienda tiene una explicación
sencilla, como la tiene el traspaso á dicho Archivo de otros documentos
pertenecientes á las parroquias y conventos de Ciudad-Real, que sin duda alguna
en las revueltas ocurridas al llevarse á cabo la exclaustración por los años 34
y 35 del pasado siglo, fueron recogidos en aquellas oficinas por referirse á
fundaciones y propiedades de todas clases. La escritura en cuestión tenía su
sitio, á no dudarlo, en el convento de Santo Domingo de esta ciudad; en busca
del cual hice no pocas indagaciones á los dominicos de Ocaña, á cuyo convento
fueron á parar algunas cosas del nuestro, pero de allí se me dijo que nada
había de lo que yo pescudaba. En el de aquí se conservaban, según declaración
testifical de que hago mérito en mi Historia documentada, entre otros papeles
la escritura de donación de la sinagoga judáica otorgada por Juan Rodríguez de
Villa Real á la Orden, y la de cesión que hizo el Ayuntamiento, á favor de la
misma, de la calle de Barrera, que es la hoy llamada del Compás de Santo
Domingo; y es de suponer que incluido en la primera el Coto del Fonsario, en él
estaría cuando la exclaustración la recientemente hallada.
Cabe en el asunto otra hipótesis, y es
que el citado documento se encontrara entra los papeles que pertenecían á las
extinguidas cofradías de Todos Santos, San Juan de los Viejos y San Miguel de
Septiembre de Barrio Nuevo, fundadas á raíz de las matanzas de los judíos
residentes en Ciudad-Real, cuyos priostes fueron los compradores del pedazo de
tierra donde estuvo el fonsario, según reza dicha escritura ; pero no puedo
asegurarlo, pues ni en el Archivo parroquial de Santiago, ni en el de San
Pedro, he podido recoger dato alguno que me informara de si aún vivían por los años
34 ó 35 las mencionadas cofradías. Sea de ello lo que quiera, y estuviera en
una ú otra parte, lo importante del caso es que, salvando la enorme distancia
del tiempo, haya llegado hasta nosotros tan importante documento.
En su cubierta se leen, después del
título y asunto ya mencionados, estas palabras escritas (siglo XVIII) con tinta
diferente aunque de la misma letra: «Ya se llama, y de tiempo inmemorial, el Ossario,
y lo atraviesa el carril que desde la puerta de la Mata sale por medio de los
pedazos, y va á parar al Terrero; y linda al Oriente con el carril que los de
Miguelturra traen á Guadiana; al Norte linda con el Terrero dicho, y al
Poniente con la hera que es mayorazgo de los Cueva».
Con estos detalles y los que se
mencionan en las cartas de merced y escritura de venta; he podido fijar sobre
el terreno con casi seguridad plena el sitio en que estuvo emplazado el
cementerio hebráico, cuya superficie comprendía tres aranzadas de tierra (cerca
de hectárea y media, ó dos fanegas y cuatro celemines próximamente), capacidad
que revela bien á las claras el gran desarrollo que aquí tuvo el expueblo de
Dios.
Pasando ahora á dar una sucinta idea del
contenido de aquel público instrumento, el más antiguo en su género de los que
han llegado á mi poder relacionados con la historia de Ciudad-Real, conviene
advertir que son varios los extremos que abraza, todos á cual más interesantes.
En 2 de Agosto de 1452 comparece ante el
honrado y discreto caballero Lope de Cernadilla, Corregidor y Justicia, Mayor
de Ciudad-Real, en presencia del escribano del Rey y notario público Ferrando
Alfonso de Coca, y de varios testigos, Fray Gonzalo de Madrid, fraile del
monasterio de Santo Domingo, en nombre y como procurador del convento, prior y
frailes del mismo; y presenta una escritura escrita en pergamino de cuero y
signada, por el escribano público Diego González de Ciudad-Real, ya difunto.
Insértase á la letra y á continuación su contenido, cuyo extracto se reduce á
lo siguiente:
Utensilios
de culto de la comunidad judía
En 20 días del mes de Julio de 1444
compareció ante el honrado Juan Ferrández de Pedroso, bachiller en Leyes y
alcalde de Ciudad-Real por el Rey, Ferrando García vasallo del Rey y vecino de
Ciudad-Real, prioste de las cofradías de Todos Santos y de San Juan de los
Viejos de Barrio Nuevo; el cual, en presencia del citado escribano Diego
González y de los testigos que luego se expresan, declara haber pagado en
calidad de tal prioste una carta de robra del fonsario de los judíos hecha por
ante Lope Ferrández escribano del Rey; y que, por ser éste difunto, no podía
encontrar «para de ella se aprovechar» en nombre de las referidas cofradías; en
cuya virtud pide al Alcalde que mande sacar los registros de dicha escribanía,
en los cuales estará, asentada aquella carta; y hallada que sea, que la mande
dar en pública forma, á fin de que el derecho de sus partes no perezca.
Se da cuenta después muy por extenso de
las diligencias practicadas por el Alcalde para cumplimentar el pedimento
entablado; de la presentación del escribano Lope Ferrández, hijo de Lope Ferrández,
difunto, en cuya notaria obra el documento pedido; del minucioso examen que,
una vez hallado, se hace de él por otros tres escribanos; los cuales,
reconocida la letra y rúbrica y después de prestar solemne juramento sobre los
Santos Evangelios obligándose á decir verdad, deponen lo que en sus conciencias
estiman como cierto, y de cuantas particularidades hacen al caso. Comprobada la
autenticidad de la carta, el Alcalde, interponiendo su autoridad para qué haga
fe en juicio y fuera de él, manda á Diego González que saque un traslado fiel ó
más, signándolos de su signo para que tengan igual fuerza que si se tratara del
original.
Pónese á continuación la copia literal
de tan curioso documento, que da principio por la declaración que hace Juan
Alfonso, escribano del Rey y criado de la reina doña Beatriz, de los títulos de
pertenencia que le acreditan dueño y pacífico poseedor del pedazo detierra «que
solía ser fonsario de los judíos, en que puede haber tres aranzadas poco más ó
menos; el cual dicho fonsario es en termino e cerca de Villarreal entre los
caminos de la Mata y el de Calatrava, segund mas complidamente se contiene en
dos cartas de merced que la dicha Señora reina me fiso firmadas de su nombre e
selladas de su sello mayor de cera pendiente en las espaldas», afirmando que
por hacerle bien y darle galardón de algunos servicios que le había prestado se
lo díó por juro de heredad para siempre jamás.
Tras de este encabezamiento aparece la
inserción íntegra de ambas cartas libradas en Valladolid y Toro en las fechas
que antes de ahora dejo anotadas. Sigue luego el texto de la escritura de venta
que de dicho pedazo de tierra hace el agraciado á favor de Lorenzo García
Sevillano, prioste de la cofradía de Todos Santos, y á Gonzalo Pérez del Peral
prioste de la cofradía de San Juan, y á Juan López prioste de la cofradía de
San Miguel de Septiembre de Barrio Nuevo, vecinos todos de Villa Real, en mil
quinientos maravedis, de los que se da por bien pagado y entregado. Cítanse en
ella los linderos ó aledaños del fonsario, «de la una parte quiñón de Juana
Martínez la de Gil Meléndez, de la otra parte quiñón de herederos de Paño y
eras de Alfonso Sánchez tesorero, y la senda que dicen del fonsario, que vapor
medio de dicho fonsario.»
Dicha escritura de venta está extendida
en Villa Real, diez días del mes de Octudre de mil cuatrocientos trece, signada
por López Ferrández escribano del Rey y su notario público en la su Corte y en
todos los sus Reinos, y ante los testigos que fueron presentes, Diego Fernández
notario y Pedro Sánchez hijo de Gonzalo Sánchez, y el maestro Juan Cirujano, y
Ferrando Alonso escribano y otros vecinos de Villa Real.
Termina el documento con la petición que
hace el Ferrando García al Alcalde de que interponiendo su autoridad mande
sacar uno á más traslados para que hagan fe; y así se verifica por el referido
escribano Diego González, testigos presentes Alonso Sánchez y Juan Martínez
escribanos públicos de Cibdadreal, signándolo con su signo.
Ciudad-Real,
Agosto de 1901.
LUÍS
DELGADO MERCHÁN,
(Publicado
en el Boletín de la Real Academia de la Historia Tomo 40, Año 1902)
Plano
medieval de Ciudad Real con la demarcación del barrio judío y lugar donde se
encontraba el cementerio o fonsario de esta comunidad
No hay comentarios:
Publicar un comentario