La Hermandad de la Dolorosa de Santiago,
fue fundada por bula de los padres de la Venerable Orden de los Servitas, el 13
de diciembre de 1831, procesionando en un principio tal día como hoy, el
Viernes de Dolores. Fue en 1929, cuando se convirtió en hermandad de
penitencia, comenzando a partir de ese año a procesionar la tarde del Jueves
Santo, cerrando la Pasionaria de Santiago.
Aunque la hermandad se convirtió en
hermandad de penitencia, esta no perdió su vinculación con la Orden Tercera de
los Servitas, tal y como lo demuestra las obligaciones que tenían los hermanos
que ingresaban en 1945 y que a continuación reproduzco:
Todo
fiel cristiano que se inscriba siervo de María Santísima de los Dolores,
tomando su santo escapulario, y haciendo su profesión de tal, debe observar una
conducta arreglada y santa, no solamente apartándose del mal y del pecado, sí
que también practicando el bien dando a sus prójimos ejemplos de virtudes
cristianas; pero especialmente debe tener una cordial devoción a nuestra
Santísima Madre María, procurando acompañarla con tierno afecto de hijo en la
compasiva meditación de sus acerbísimos dolores, que padeció por nuestro amor
durante la vida, pasión y muerte de su benditísimo Hijo Jesús; porque este es
el objeto principal de nuestro instituto, y lo que se propuso nuestra celestial
Fundadora al bajar del cielo para vestir el santo Escapulario de su viudez y
luto por la muerte de Cristo a nuestros gloriosos Padres Fundadores en la
ciudad de Florencia, propagándose después esta Orden religiosa a nuestra
España. Con esta piadosa idea cumplirá las obligaciones siguientes:
OBLIGACIONES DE LOS HERMANOS SERVITAS
1ª.
En conmutación de la regla que el Papa Martino V ordenó para los Terceros del Sagrado Orden de los
Servitas, deberá rezar todos los días siete Padre nuestros con Ave Marías y
Glorias en memoria de los siete principales dolores de María Santísima, que es
lo que vulgarmente llamamos rezar el santo escapulario: y además un Padre
nuestro, Ave María y Gloria por nuestros hermanos vivos y difuntos.
2ª.
Rezara todos los días, o por lo menos una vez a la semana, la corona dolorosa,
compuesta de siete setenas de Ave Marías con La Letanía, un Credo y una Salve;
y aplicará por los hermanos difuntos los sufragios que prescriben nuestros
Estatutos y los que su piedad le sugiera.
3ª.
Frecuentará, con consejo de su confesor, los santos Sacramentos de la Confesión
y Comunión, especialmente en los domingos terceros u otros que se tenga la
procesión mensual del Santo Escapulario, cantándose en ella el himno de Estabas
Madre Dolorosa, y en las principales fiestas del Señor y de la Virgen, en cuyos
días se puede ganar indulgencia plenaria.
4ª.
Asistirá con escapulario descubierto, además del interior, que deberá llevar
siempre, a los ejercicios, Comuniones generales, procesiones y demás funciones
que celebre la V. Congregación.
5ª.
Contribuirá el modo que pueda, y según este establecido, para sostener y
continuar el culto a nuestra Madre Dolorosa, y para hacer los sufragios
convenidos por los hermanos difuntos.
Últimamente,
procurará el devoto de María no omitir nunca la cortísima y piadosa práctica
del turno compasivo el día que le corresponda a la semana, repitiendo las
jaculatorias que a cada mes se designan con la consiguiente virtud; porque es
un medio muy fácil y seguro para santificarse.
ADVERTENCIA
Si
todo esto o alguna de sus partes no se cumple, no se peca, pero entonces no se
ganan las innumerables indulgencias que están concedidas al Sagrado Orden de
los Servitas, y a sus Congregaciones de
Dolores, como ramas que son del mismo árbol, plantado por la Madre de Dios para
bien de los hombres. Para su logro será lo mejor hacer desde por la mañana
intención de ganar todas las que se puedan, y de cualquier modo no están
concedidas.
Las obligaciones que reproduzco hoy, son
de la hermana Mariana Alonso, con fecha 24 de agosto de 1945, y firmada por el
Párroco de Santiago de aquellas fechas, D. Alejandro La Pastora, que figura en
las obligaciones que reproduzco como “El Corrector”.
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