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lunes, 7 de septiembre de 2020

PLAZUELA DE LAS MONJAS «TERRERAS»



Apartada y escondida está la cuadrada Plazuela de las Monjas «Terreras», grande y olvidada, con su vetusto convento al fondo y sus casitas muy blancas y muy pobres alrededor, y casi siempre desierta. Crece tranquila la hierba entre las piedras. Una viejecita enlutada la cruza, ligerita, haciendo ruido con su garrota y con sus ¡ayes!, para llegar a tiempo a la misa tempranera del convento. A l amanecer, el carro de labranza la cruzó también. Luego, la moza que viene de la fuente, y unos chicos medio en cueros y mocosos, y un perro. El tin-tin de la campanita desparrama, de vez en vez, la señal de los rezos monjiles. Por la tarde, una señora va de visita al Convento. La bicha con que, como aldabón, golpea la puerta bien merece la pena de acercarse a verla. Por su antigüedad y belleza podría figurar en un Museo..., ¡en ese Museo Provincial que tanto necesitamos en Ciudad Real!.... y no menos merece la pena traspasar la puerta conventual para bañarse en sedante silencio y reverberos de sol en las tapias blancas del compás dilatado y florido, con su tapiado claustro. Lo mejor que puede depararos la suerte es la contemplación de la «Porterita», como la llaman las monjas que la veneran, entrañablemente, en la portería de la clausura. Es fácil os la muestre la Madre Tornera, pues sus Cuarenta centímetros de altura bien caben en el torno. Aunque mutilada -serráronle la corona mural que sin duda tenía- y retocada, aún tiene carácter. Y es, seguramente, la imagen de María más antigua e interesante que hoy hay en Ciudad Real. Debía estar en la iglesia para que sirviera de admiración a todos y devoción de quien quisiera. Si gustáis del escalofrío de la emoción, visitad la Plazuela de las Monjas «Terreras» la noche de Jueves Santo. Lo sentiréis cuando se llena de luna, de luces amarillas de cera, de saetas, y Jesús pasa por ella con toda la grandeza de su Pasión. ¡Aquel Nazareno de San Pedro! Las monjitas, sobrecogidas de místicos arrobos, con sus hábitos blancos, como palomas blancas, lo ven, lento y abrumado, desde las celosías del torreón conventual. Antes de llegar a la plazuela, en la calle del Lirio, delante de pequeña y retorcida reja, cachaño Jesús parece detenerse y mirar dentro para hacer cierta la leyenda bonita de la conversión te la judía de Barrionuevo que allí situó Bernabéu, el galano poeta local hace muchos años muerto.

Julián Alonso Rodríguez “Las plazuelas del barrio de Santiago”, revista “Albores de Espíritu”, Tomelloso, enero de 1948


domingo, 6 de septiembre de 2020

EL MONASTERIO DE LAS CONCEPCIONISTAS SE ENCUENTRA A LA VENTA POR 2,2 MILLONES DE EUROS DESDE EL AÑO 2018



El Monasterio de las Concepcionistas Franciscanas, popularmente conocidas como “Terreras”, lo tienen puesto a la venta sus actuales propietarias, las Concepcionistas de Osuna (Sevilla) desde el año 2018.

El anunció de su venta fue puesto en la web inmobiliaria.com, una web de compra y venta de inmuebles nacional, y que es un canal al que recurren con más frecuencia las órdenes religiosas para intentar dar salida a sus emblemáticas propiedades. La venta se puso con estas características: cuenta con finca urbana de 4.121 m2; superficie construida de 3.373 m2; anexo en finca urbana de suelo 231 m2 Superficie construida de 948 m2, 5 patios con frondosa vegetación, Iglesia cerrada ya al culto. Tiene 90 habitaciones. 17 Plazas de aparcamiento y con posibilidad de conseguir licencia para hotel o residencia de la 3ª edad, Tiene además, jardín, patio, y está cercano al centro.

Hasta la fecha parece que nadie se ha interesado en su compra, y el edificio duerme el sueño de los justos, esperando tener un fin idóneo de acuerdo a su catalogación de Bien de Interés Cultural con categoría de monumento.


sábado, 5 de septiembre de 2020

BIEN DE INTERÉS CULTURAL CON CATEGORÍA DE MONUMENTO EL MONASTERIO DE LAS CONCEPCIONISTAS DESDE 1991



Decreto 219/1991, de 28 de noviembre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el inmueble correspondiente al Convento de la Inmaculada Concepción en Ciudad Real.

Culminada la tramitación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor del inmueble correspondiente al Convento de la Inmaculada Concepción en Ciudad Real, conforme a las prescripciones establecidas por la normativa vigente sobre Patrimonio Histórico, la Consejería de Educación y Cultura considera, a la vista de los informes y datos técnicos obtenidos, que el inmueble estudiado reúne los valores históricos y artísticos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los bienes de interés Cultural, por lo que procedería su declaración como tal, con la categoría de Monumento.

En consecuencia y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria sexta, punto uno, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la interpretación dada a dichos preceptos por la Sentencia 17/91, de 31 de enero, del Tribunal Constitucional, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y uno,

DISPONGO

Artículo 1.- Se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el inmueble correspondiente al Convento de la Inmaculada Concepción en Ciudad Real, cuya descripción figura como anexo al presente Decreto.

Artículo 2.- La zona afectada por la presente declaración es la que se delimita en el anexo al presente Decreto.

Dado en Toledo, a 26 de noviembre de 1991

JOSE BONO MARTINEZ

El Consejero de Educación y Cultura

JUAN SISINIO PEREZ GARZON


ANEXO

DESCRIPCIÓN HISTORICO-ARTISTICA

El Convento de la Inmaculada Concepción de Ciudad Real fue edificado en el siglo XVI. De este conjunto destacamos la iglesia, importante edificación, en buen estado de conservación producto de la restauración. Su interior es planta basilical.

El exterior es lo más importante. Aparecen los contrafuertes de alta envergadura, cubiertas a tres aguas con teja curva que encuadra la portada a manera de nártex. Toda ella es de fábrica de pequeños tapiales de mampostería con abundante aparejo de ladrillo en verdugas y ángulos, todo visto, esto apoya en un cimiento de mapuestos. La cubierta es a dos aguas en la nave y a cuatro en el crucero, fundado sobre formas de madera y acabadas en teja curva. En el pie de la iglesia se alza un cuerpo rectangular de ladrillo de dos plantas por encima de la nave. La última de estas plantas con terraza cubierta y con típicas celosías de clausura, tiene un voladizo que apoya en un alero producido por una serie de canes unidos por pequeños arcos. Sobre el muro, por encima del nártex, aparece la espadaña que pudiera ser posterior al conjunto; está formado por ladrillo, dos arcos de medio punto y un remate típico barroco.

Su interior parece muy restaurado.


OBJETO DE LA DECLARACION

Inmueble correspondiente al Convento de la Inmaculada Concepción, sito en la zona conocida como “Las Terreras”, en la Plaza de la Inmaculada Concepción, en Ciudad Real.

AREA DE PROTECCION

Vendría definida por:

-Manzana 01.63.0.-Parcela 12 completa, colindante al objeto de la declaración.
- Manzana 01.62.8.-Parcelas 03, 04, 05, 06, 07 y 08 completas.
-Manzana 00.62.0.-Parcelas 02, 03, 04, 05 7 06 completas.
-Manzana 01.62.5.-Parcelas 01 y 11 completas.
-Manzana 02.62.6. completa.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzarias y las une entre sí.

El área de protección descrita se justifica en razón de posibilitar la correcta percepción del bien objeto del expediente, en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asienta, previniendo la posible degradación estética.

Todo ello según plano adjunto.


viernes, 4 de septiembre de 2020

APARECIERON FRESCOS EN EL CORO ALTO DEL MONASTERIO DE LAS CONCEPCIONISTAS EN EL AÑO 1995


Los frescos descubiertos en el año de 1995

En el año 1995, durante unas obras de restauración que se estaban llevando a cabo, en el Monasterio de las Concepcionistas de Ciudad Real, se descubrieron unos frescos en el coro alto de la iglesia. El diario “Lanza” se hizo eco de este descubrimiento, y en su número del 10 de mayo de 1995 publicaron la siguiente noticia:

Los frescos de la Iglesia de las Concepcionistas serán tapados

Los frescos descubiertos en el coro alto de la Iglesia del Monasterio Concepcionista de Santa Beatriz de Silva de la capital, serán tapados en breve, según informo ayer a LANZA la hermana María de los Ángeles, Madre Superiora del convento de la misma orden situado en dependencias contiguas.

Según pudo saber este periódico en pasados días, los albañiles que realizaban las obras de restauración en la citada iglesia descubrieron unas pinturas al separar la madera que las recubrían contra el muro. Al parecer, las manifestaciones pictóricas reflejan un Nacimiento, si bien las caras de San José y la Virgen están rotas, mientras que la del Niño se conserva totalmente. Además, la escena está envuelta por Ángeles y figuras oníricas, y también pueden verse a San Pedro y San Pablo, así como a los lados, las pinturas que el portavoz de LANZA dató del siglo XVII, reproducen escenas bíblicas.

No obstante, sor María de los Ángeles, comunicó a LANZA que las representaciones sobre el frontal del coro alto, “no tienen ningún valor”, según las valoraciones hechas por técnicos de la delegación provincial de Cultura, por lo que “nos dijeron que las van a volver a tapar”.

La religiosa añadió que las figuras “están muy picadas”, razón por la que se supone que no se contempla una potencial restauración.


Vista aérea del monasterio de las Concepcionistas 

jueves, 3 de septiembre de 2020

LA VENERABLE ORDEN TERCERA DE SAN FRANCISCO Y EL MONASTERIO DE LAS CONCEPCIONISTAS FRANCISCANAS



La Venerable Orden Tercera de San Francisco o Tercera Orden de San Francisco,  es el antiguo nombre de lo que hoy es la Orden Franciscana Seglar. Está conformada por laicos consagrados con una Regla, por lo que poseen una forma de vida particular. Fundada por san Francisco de Asís. El nombre de tercera se refiere al orden cronológico de fundación (Primera Orden, de Hermanos Menores; Segunda Orden, de Clarisas; y Tercera Orden, de laicos consagrados).

Finalizando el siglo XIX, el Papa León XIII publica en 1882 la encíclica “«Auspicato concessum»” sobre San Francisco de Asís y la propagación de la Venerable Orden de San Francisco, lo que hace que surja la fundación de la Tercera Orden en muchos lugares, entre ellos Ciudad Real. Fue el párroco de San Pedro, D. José María Aliaga, quien convocó en julio de 1884, una reunión en la sacristía de la parroquia de numerosos católicos, para constituir en la capilla o ermita de Nuestra Señora de la Soledad la Venerable Orden de San Francisco, constituyéndose la primera Junta directiva compuesta por: Ministro don Felipe Carnicero.-Vice-Ministro, don Rafael Cueva.-Tesorero, don Miguel Rodero.-Secretario, don Joaquín Fernández.-Vice-Secretario, don Segundo Galán.-Discretos o Consejeros, don Ángel del Monte y Puente; don Leopoldo Acosta; don José Fernández.- don Pedro Suarez y los seis primeros señores sacerdotes que ingresen en la orden.-Maestro de novicios, don Pedro Merchen, presbítero.


La fundación se realizó en la ermita de Nuestra Señora de la Soledad, ubicada en la actual Plaza de San Francisco, al ser el único vestigio que quedaba del desaparecido monasterio de franciscanos de nuestra ciudad, que se fundó en el siglo XIII y desapareció en el XIX con la desamortización de 1820 sobre los bienes de la iglesia, y donde estaba puesta al culto una imagen de San Francisco. Fue en esta ermita cuando el 1 de agosto de 1884, se efectuó la imposición del habito de San Francisco a los inscritos, entre los que se encontraba el entonces Obispo-Prior, D. Antonio María Cascajares y Azara. Un día después, el día 2 de agosto, a la puesta del sol, tuvo lugar la reunión inaugural de la Orden.

Pero esta fundación en la ermita de Nuestra Señora de la Soledad, parece que no debió sentar muy bien a la Cofradía de la Soledad, ya que convocó una Junta General Extraordinaria el 21 de octubre de 1894, con el objeto de “deliberar con premura sobre la conveniencia de permitir continúe establecida en la capilla de nuestra Titular Maria Santísima de la Soledad, fundada a expensas de citada Hermandad, la Orden Tercera de San Francisco, que ha llevado a efecto el señor Cura Párroco de San Pedro Apóstol de citada capital, como también reclamar la Imagen de San Francisco, que desde referida capilla, ha sido trasladada el tres actual a la citada Parroquial.”


Con la desaparición de la ermita de Nuestra Señora de la Soledad en 1907, la Orden Tercera de San Francisco pasaría a tener su sede en la iglesia de San Juan de Dios, hasta que en el año 1911 pasó al Monasterio de las Madres Concepcionistas Franciscanas, tal y como aparece en una nota publicada en el periódico “El Pueblo Manchego” el 25 de febrero del citado año y que dice lo siguiente: “Con motivo de haberse trasladado a la iglesia de las religiosas Concepcionistas Franciscanas, la V.O. tercera de San Francisco, esta celebrará su Junta ejercicio en la citada iglesia, a las cuatro de la tarde de mañana domingo, terminando con la procesión del Cordón”.

Los actos que organizaba la orden tercera en el Monasterio de las Concepcionistas, era una reunión mensual cada tercer domingo de mes, y Solemne Quinario en honor a San Francisco en el mes de octubre, que terminaba con procesión con la imagen del Santo por la plaza de la iglesia. Destruida la imagen del santo en 1936, la Venerable Orden de San Francisco se reorganizó en 1939, adquiriendo una imagen de San Francisco, que recibía culto en uno de los retablos de la iglesia, y realizando los mismos cultos que los que celebró hasta 1936. En la década de los años setenta del pasado siglo XX, desaparecería la Venerable Orden Tercera de San Francisco.

También realizaba todos los años en la iglesia de las concepcionistas, una Solemne Función en honor a San Francisco de Asís, el Sindicato Provincial Textil, quien tiene al santo como su patrón.


miércoles, 2 de septiembre de 2020

UNA CURIOSA SENTENCIA DE 1874 RELACIONADA CON LAS CONCEPCIONISTAS


Ultimas monjas Concepcionistas que habitaron el monasterio en el año 2009

D. Emilio Arredondo y Ubeda, Escribano y Secretario de Gobierno del Juzgado de primera instancia de esta capital y su partido.

Doy fe: Que en dicho Juzgado y por mi escribanía se ha sustanciado por todos sus trámites el incidente de pobreza promovido por el Procurador D. José Antonio Ruiz, en nombre de doña Trinidad González Castellanos, vecina de esta ciudad, en solicitud de que se le declare pobre para litigar con la representación del convento de monjas Concepcionistas, de esta capital; en cuyo incidente se ha dictado lo siguiente.

Sentencia.- En la capital de Ciudad-Real a 15 de Abril de 1874, el Sr. D. Lucas Poveda y Escribano, Juez de primera instancia de la misma y su partido, vistos estos autos: Resultando que por parte del Procurador de este Juzgado D. José Antonio Ruiz, en nombre de doña Trinidad González Castellanos, de este domicilio, religiosa profesa exclaustrada, se ha promovido incidente de pobreza, pretendiendo que se declare tal pobre a su patrocinada para litigar con la representación del convento de monjas Concepcionistas, porque no cuenta con medio alguno de subsistencia; carece de rentas, bienes, cultivo de tierra y ganados y no ejercita industria ni comercio alguno: Resultando que no habiendo evacuado dicha representación el traslado que se le confirió del incidente, le fue acusada la rebeldía, determinándose que las diligencias sucesivas se entendieran con los estrados del Juzgado: Resultando que el Ministerio Fiscal se opone a lo pretendido por la doña Trinidad González, mientras no acredite que se halla en el caso de merecer los beneficios de la Ley: Considerando que de la prueba practicada aparece justificado que doña Trinidad González Castellanos no cuenta con medio alguno de subsistencia, carece de rentas, bienes, cultivo de tierra y ganados, y no ejercita industria ni comercio alguno: Considerando que según el artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento civil, los Tribunales deben declarar pobres a los que reúnan las circunstancias indicadas: Considerando que los declarados pobres deben disfrutar de los beneficios que expresa el artículo de la mencionada Ley;

Ultima Misa del Voto celebrada en el monasterio en el año 2008

Fallo.- Que debo declarar y declaro pobre a doña Trinidad González Castellanos para litigar con la representación del convento de monjas Concepcionistas de esta ciudad, a cuya comunidad ha pertenecido; que se le ayude y defienda como tal, gozando de los beneficios que a los de su clase otorga la Ley, entendiéndose por ahora y sin perjuicio de lo prevenido para su caso y tiempo, en los artículos 198, 199 y 200 de la misma. Notifíquese e insértese en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia por la rebeldía de la referida representación del convento de monjas Concepcionistas. Así pronuncio, mando y firmo.- Lucas Poveda.

Publicación.- En Ciudad Real a 15 de Abril de 1874, el Sr. D. Lucas Poveda, Juez de primera instancia de la misma y su partido, constituido con mi asistencia en su sala de Audiencia con objeto de celebrar la pública de este día, dictó, pronunció y firmó la precedente sentencia, de que doy fe: Emilio Arredondo.

Lo relacionado es cierto y lo inserto corresponde fielmente a la letra con su original obrante en citados autos, a que me remito. Y para que conste, cumpliendo con lo mandado, pongo el presente, que firmo en Ciudad Real a 18 de abril de 1874.- Emilio Arredondo.

La Madre María de los Ángeles, ultima Priora del monasterio

martes, 1 de septiembre de 2020

UN PLEITO ENTRE LAS CONCEPCIONISTAS Y LA HERMANDAD DE LA SOLEDAD EN EL SIGLO XIX



Se conserva en el archivo diocesano de la Archidiócesis de Toledo, lugar donde perteneció nuestra Diócesis hasta la creación del Obispado-Priorato,  un pleito que surgió en el siglo XIX entre la comunidad de Monjas de las Concepcionistas Franciscanas, y la Hermandad de Nuestra Señora de la Soledad. Hay que recordar que la Hermandad de Nuestra Señora de la Soledad, es la hermandad más antigua de nuestra Semana Santa, de la cual ya hay documentación en el siglo XVI. Procesionaba la noche del Viernes Santo, fundándose en el Convento de Franciscanos de nuestra ciudad, donde llegó a contar con capilla propia, que desapareció en 1907. En esta capilla a parte de la imagen de Nuestra Señora de la Soledad, recibían culto otras imágenes, entre ellas la de San Antonio de Padua, celebrándose cultos en su honor y una verbena con gran asistencia de ciudadrealeños.

Debido a las obras de reparación, que se tuvieron que realizar en la capilla de la Soledad en 1860, las imágenes que recibían culto en ella, se repartieron por diferentes iglesias de la ciudad, y cuando la Hermandad de Nuestra Señora de la Soledad terminó de restaurar la capilla e intentó que las imágenes de su propiedad volvieran a ella, las Monjas Concepcionistas se negaron a devolver la de San Antonio, e intentaron que un grupo de fieles erigieran en el monasterio una congregación en su honor, lo que obligó a la hermandad a presentar un pleito en el Arzobispado de Toledo en el año 1875. Eran entonces Hermano Mayor de la hermandad, Pedro Lasanta, el Mayordomo, Clemente González y el Secretario, Perfecto Acosta, quienes remitieron el siguiente escrito al Arzobispado:

“ Ilmo. Sr. Gobernador del Arzobispado de Toledo Sede-Vacante

Los que suscriben, individuos de la Junta Directiva de la Cofradía de Nª Sra de la Soledad de la ciudad de la fecha, por sí y a nombre del respetable y numeroso personal que la compone, tiene el honor de acercarse a V.I. para exponerle con todo respeto: Que teniendo entendido que se trata de eregir una nueva cofradía en obsequio de San Antonio de Padua de esta capital y su Iglesia de Religiosas Franciscas, suplican se digne declarar que de ser asequible semejante pretensión solo sea sin perjuicio de los derechos de la corporación distinguida que tenemos la honra de representar, atendidas las razones que humildemente elevamos a la alta consideración de V.I.

1ª Que la imagen de S. Antonio de Padua que se trata de venerar, es de la exclusiva propiedad de nuestra Hermandad de la Soledad; adjudicada a la misma con otras varias por orden de nuestro Emmo. Prelado, fecha 22 de junio de 1860, que conservamos y cuyo expediente original obra en su Secretaría de Cámara.


           2ª Que por una circunstancia imprevista de fuerza mayor, cual ha sido una denuncia oficial de la situación ruinosa de la Iglesia Capilla de Nª Sª de la Soledad, fundada y costeada por esta Hermandad en 1565 (que con la de la V.O. Tercera constituyen hoy el único resto de la arruinada Iglesia de PP. Franciscos) hubo necesidad de trasladar las imágenes allí veneradas, haciéndolo de la de S. Antonio de Padua a la Iglesia de Rsas. Franciscas, accediendo a los deseos de la comunidad y con la cualidad de provisionalmente y sin perjuicio, aprobado asi por V.I. en junio de 1872 mientras se atendía a la reparación de nuestro templo, aceptándolo así y firmándolo la comunidad aludida en nuestro libro de acuerdos.

3ª Que la Hermandad que representamos se ocupa actualmente de las obras de reparación de su templo, allegando materiales y recursos de consideración.

4ª Que es muy de notar la significativa e improvisada creación de la nueva cofradía, dadas tales circunstancias, y ocasionada a disgustos que han empezado a iniciarse con la muy respetable que representamos.

5ª Finalmente, que no siendo facil aumentar el culto y veneración de S. Antonio en esta localidad, es muy expuesto que haciendo vacilar la esperanza de volver a colocarlo en su primitivo altar, se frustase la terminación de las obras, y viéramos lastimosamente arruinarse este templo que nos fundaron y legaron nuestros mayores, con digusto y sentimiento de su barrio numeroso; en abierta oposición de la citada orden de S. Emª de 22 junio de 1860, y con detrimento notable de la verdadera piedad y rectitud de intención que debe preceder a tales pensamientos y exigen de suyo las cosas santas.

Por estas razones, y por las que no pueden ocultarse a la alta penetración de V.I. los exponentes:

A V.I. suplican se sirva denegar semejante pretensión de una nueva Hermandad, o de considerarla asequible, que sólo pueda serlo sin menoscabo ni perjuicio de los sagrados derechos que representamos y quedan expuestos, y que terminadas las obras, vuelva la imagen a su sitio.

Ciudad Real 25 julio 1875”

Este escrito contiene la siguiente anotación: “Espera el informe del Señor Vicario sobre la solicitud de la Cofradía de la Soledad propietaria del San Antonio y en su vista procederá”. Resolución que no se llevaría a cabo en el Arzobispado de Toledo, sino que pasaría este asunto al nuevo Obispado Priorato de las Órdenes Militares Españolas, creado en nuestra ciudad en el citado año 1875 y cuya resolución definitiva se pospondría varios años después no siendo recuperada la imagen por la hermandad hasta 1882.

Imagen de San Antonio de Padua que recibe culto en la Parroquia de San Pedro Apóstol