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lunes, 27 de abril de 2015

DOS HERMANDADES DE SIGNO CONTRARIO. EJECUCIONES CAPITALES EN CIUDAD REAL



IMPORTANCIA DE LOS ARCHIVOS PARROQUIALES

Todos los investigadores reconocen, y lo tiene bien comprobado, que los libros parroquiales, principalmente los registros de bautismos y de entierros, son un verdadero arsenal de noticias históricas. Es frecuente el recurso a ellos por cuantos, conscientes de que “así como una persona sin memoria ha perdido su propia identidad” (1), tampoco nuestra vida se explica sin sus raíces, intentan elaborar su árbol genealógico. Y no son pocos los investigadores que, para sus estudios históricos sobre diversos temas, recurren a estos libros. Y cómo lamentan unos y otros la destrucción de algunos archivos parroquiales de importantes parroquias ocurrida en 1936, pues este lamentable hecho les obliga muchas veces a abandonar sus investigaciones.

Yo quiero llamar hoy la atención sobre los libros de difuntos de la parroquia de San Pedro, de Ciudad Real. Ofrezco a los lectores algunos textos de ellos y un conjunto de datos extraídos de los mismos, y que considero huellas de instituciones y usos de la ciudad.

Dichos libros comienzan en el 1708. Los he ojeado desde su comienzo hasta junio del año 1851, aunque tengo que confesar que muy por encima. Si tenemos en cuenta, además, que en el primer libro hay muchas páginas que resultan ilegibles por haberse borrado la tinta, no respondo de la exactitud de las cifras que doy luego, pero pienso que no diferirán mucho de las reales.

La mayoría de las inscripciones suelen ser breves. Contienen la fecha de la muerte, la recepción de los sacramentos, el nombre y edad del difunto, su estado civil, el hecho del testamento, la categoría de los funerales y sufragios. En algunos casos se detallan las memorias y mandas del testador, detalle que puede resultar un exponente de la religiosidad y de la categoría social del difunto. No se anota la causa la muerte, excepto en los casos de ejecución capital.

Es precisamente este hecho de la ejecución capital el que determina las inscripciones más prolijas, que son importantes porque ponen de manifiesto, en primer plano, el papel y la actuación en Ciudad Real de dos hermandades antitéticas: la Santa Hermandad Vieja de Ciudad Real y la Hermandad de la Caridad de la parroquia de San Pedro. Son dos hermandades de signo contrario: la primera es la ejecutora severa de la justicia; que la segunda mitiga con la misericordia y la piedad. Nos dan a conocer además otras circunstancias de interés de las ejecuciones.

Aunque es bien conocida la Santa Hermandad Vieja de Ciudad Real y su severidad en la persecución de los delincuentes, nos resulta novedosa la actuación de la Hermandad de la Caridad de la parroquia de San Pedro, que asistía cristiana y humanamente a los condenados.

Los libros parroquiales de San Pedro, guardan mucha información sobre Ciudad Real


UN ACTA EJEMPLAR

El acta que trascribo a continuación es un modelo concreto de estas partidas, y es más importante porque el Cura que la firma se remite en su actuación a otra anterior, la primera que he encontrado, y que se repite casi a la letra en la mayoría de las restantes actas. La he tomado del libro 4, fol. 243 vuelto y siguientes. Advierto que actualizo la ortografía, utilizando la moderna en lugar de la original, y que completo palabras abreviadas cuando resulta posible. El texto es completo, pero se omiten los nombres de los ejecutados.

 Tres ahorcados (2). En la ciudad de Ciudad Real, en veinte y siete días del mes de Marzo de mil setecientos sesenta y cinco: habiendo recibido los Stos. Sacramentos de Penitencia y Comunión Viático (3), N.N., alias N., desertor del Regimiento de León, N.N. y N.N. alias N., desertores del Regimiento de la Victoria, fallecieron en suplicio de horca, en la plaza de esta ciudad, cuyos cuerpos fueron decapitados, en las manos derechas cortadas, y clavadas en las Puertas de la Cotet (4) Real, de Alarcos, Toledo, y Arcos de dicha Plaza; y con aviso que me comunicó Dn Joseph Ureña, Regidor y Teniente de Alguacil mayor en dicha ciudad por en ministro ordinario estando en mi Iglesia Parroquial del Sr. Sn. Pedro, recogí en andas y ataúd, ayudado de los sacerdotes y demás eclesiásticos de referida mi Iglesia, y de otros de igual carácter y diversas personas seculares hermanos de la Santa. Escuela de Cristo, a los que, a este fin, como para que pidiesen limosna en esta dicha ciudad los tres días y noches que referidos reos estuvieron en la Capilla, convidé y supliqué me asistiesen, y acompañasen al Sto. Cristo de la Cofradía de la Caridad de dicha mi Parroquia, que de manifiesto estaba en el altar con dos faroles a las puertas de la umbría de ella en todos tres días y noches, lo que hicieron, y así mismo el ir con su Majestad formados en dos filas en las conclusiones de cada reo en el suplicio, llevando al Señor por guión como se ha acostumbrado siempre en iguales ocasiones, con una banda morada puesta en los hombros del licenciado. Dn. Joseph Balarguer de Lara, Beneficiado de esta mi Parroquia, abogado de los Reales Consejos, el cual practicó la misma diligencia en el año pasado de mil setecientos cuarenta y dos, día cuatro de marzo, en que fueron ajusticiados con pena ordinaria otros dos reos, como consta en el libro de difuntos de dicha mi Iglesia, que principia en el mil setecientos treinta y siete y finó en el mil setecientos cincuenta y uno, al folio cincuenta y siete vuelto, que al presente está en el Archivo de ella, en donde se expresa que los sacerdotes de dicha Iglesia, y hermanos de la Santa. Escuela de Cristo, convidados por el licenciado. Dn. Francisco García Ruescas, Cura propio que entonces era de dicha Iglesia del Sr. Sn. Pedro, a nombre de la referida Cofradía de la Caridad y su Santa. Escuela de Cristo practicaron las obras de piedad con el mayor esmero; y con el mismo método de la Cofradía y Guión se hizo la remoción de los tres cuerpos decapitados, llevándolos a hombros en las expresadas cajas y ataúd desde el comedio de dicha Plaza, donde estaban en el suelo, hasta los portales contiguos a los arcos del balcón de hierro propio de la memoria que en dicha Parroquial fundó el licenciado Dn. José Díaz Jurado, Cura que también fue de ella, en donde se quedaron de cuerpo presente entre cuatro hachas de cuatro pabilos, que ardían hasta la hora de las cinco y media de la misma tarde, que señalé para hacer su entierro, para el que convidé, a nombre del Sto. Cristo de la Caridad, y supliqué, por mi cargo, a las Iglesias Parroquiales de Sta. María y Santiago, las que con sus cruces parroquiales y respectivo clero concurrieron a la dicha mi Iglesia, de la cual, formados procesionalmente, como se acostumbra, y el Sto. Cristo de la Caridad, que llevaba el referido Licenciado Balarguer entre las cruces de Sn. Pedro y Santiago, y yo, el dicho Cura, la capa pluvial, fuimos a donde estaban dichos cadáveres, y de allí amovidos, se condujeron a mi dicha Iglesia procesionalmente, incorporándose con dicho clero muchos religiosos de las comunidades de esta ciudad, y asistiendo varias cofradías de mi Iglesia y las de las Ánimas de Santiago y Sta. María, con solo la cera que les dictó su piedad, y en esta forma fueron sepultados en las sepulturas inmediatas a la grada de la Capilla Mayor, en que estaban enterrados los dos reos referidos del año de cuarenta y dos, y en otra hacia el altar de Ntra. Sra. de la Caridad, sin que por ellas de rompimiento llevase mi Iglesia maravedí alguno, y al día siguiente les dije, con la misma asistencia de eclesiásticos de las tres parroquias, vigilia y misa de cuerpo presente, todo de limosna; y por las almas de dichos reos y feliz tránsito de ellas a la eternidad, se distribuyeron en misas de a tres reales mil ciento u ochenta reales, que se recogieron de limosnas, de las cuales se celebraron en mi Iglesia la mayor parte en los días 26, 27 y 28 de dicho mes, por todos los sacerdotes seculares y regulares de esta ciudad y otros lugares, a cuyo efecto puse cuadrante general, previo aviso, a parroquias y comunidades, y después repartí el sobrante a referidos sacerdotes y comunidades y tomé los recibos correspondientes, siendo no pocas de dichas misas repartidas de privilegio, para las que mi dicha Iglesia, sin interés alguno, puso el consumo de cera y mixto; y en el día de dicho suplicio, la piedad de algunas personas de ella dieron cera que ardió en la mañana de él en todos los altares, desde la hora de las ocho en que en el altar mayor se patentó el Santísimo Sacramento hasta las doce, poco más o menos, que se reservó Su Majestad, habiendo venido el Santísimo Cristo de la Caridad con los que a su Majestad acompañaron, cuando fueron los tres reos a sufrir la pena de muerte, como dejo expresado; mientras de la cual y su ejecución, se dijeron misa cantada, y otras cuatro rezadas de limosna y se previene que el Sábado de Ramos, llamado vulgarmente el de Lázaro, bien de mañana, se recogieren las cabezas y manos de dichos tres reos, continuando los ejercicios de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Caridad, así como en Madrid y Toledo lo practican las cofradías que allí hay fundadas en igual día, y se les entierre en aquella hora en las sepulturas de sus respectivos cuerpos por diversos eclesiásticos que me acompañaron, y fue preciso hacerlo así en dicha hora porque con la corrupción no daban lugar para más dilación, y lo firmo ut supra= Dn. Pedro Herranz.”



INSTITUCIONES Y PRÁCTICAS Y ESTADÍSTICA

De la lectura de la precedente acta y de las de otros ajusticiados, se deducen las siguientes conclusiones:

1. La Santa Hermandad ejecutaba por ahorcamiento a sus reos en Peralbillo, y tenía en el lugar un arca de piedra, es decir, un sarcófago, para que, pasado el tiempo, se pudiesen depositar en ella los despojos de los cadáveres, que recogiesen por misericordia personas piadosas.

2. La justicia ordinaria ejecutaba a los condenados, en casos que creemos más sonados, en la plaza pública por garrote o ahorcamiento; en los demás, por disparo de arcabuz o fusil, extramuros, en el Pozo de las Nieves junto a la Puerta de Santa María, y después de 1835 a la salida de la Puerta de Granada, en la Corredera junto al camino de Miguelturra, en el Santo Cristo del Muro (5).

3. A las ejecuciones se les daba un carácter ejemplarizante. No eran sólo cumplimiento de la justicia sino también un disuasivo para el futuro. Por eso, el trato dado a los cadáveres en casos de ahorcamiento o garrote podría tacharse de inhumano, cruel y a veces hasta burlesco:

a) el cuerpo de los ahorcados en Peralbillo a media mañana, se descuelga a media tarde, se le decapita (colocando la cabeza en una caja o arqueta para izarla después en sitio llamativo), se cuelga de nuevo y se deja colgado hasta que los restos caigan despedazados y alguna persona piadosa los recoja y deposite en el arca o sarcófago que hay en el lugar;

b) en un caso del año 1776, al cadáver de un reo se le hace cuartos y se deja cada uno a la orilla de un camino principal, mientras la mano derecha se abandona junto a otro; a su vez, el cadáver del otro reo, permanece colgado hasta que, al cabo de un año (según nota marginal añadida después a la partida), el párroco de San Pedro con la Cofradía de la Caridad, presididos por el Santo Cristo, va a recoger los restos y depositarlos en el arca del lugar y luego celebran sufragios por él en la parroquia;

c) la intervención piadosa de los hermanos de la Cofradía de la Caridad y de otras personas, que en la correspondiente partida se dicen “de carácter”, logra el 14 de diciembre de 1816, que el cadáver de un ajusticiado por garrote en la plaza mayor, cadáver que era “conducidoen una cuba en la que se hallaban pintados diferentes animaluchos ponzoñosos y varios géneros de sabandijas, hasta la Puerta de Alarcos, y con la asistencia de la Justicia, con el objeto de conducirlo y arrojarlo a las corrientes del río Guadiana”, sea extraído de la cuba y, una vez amortajado con hábito de San Francisco, sea conducido procesionalmente, como en los entierros ordinarios, hasta la iglesia parroquial, donde se le da sepultura y se ofrecieron sufragios.

4. El número de ajusticiados es pequeño en los primeros años en que actuaba la Santa Hermandad hasta 1835, pero crece notablemente con la actuación de la Justicia ordinaria durante los años de las guerras carlistas. Comúnmente no se indica la causa de la condena, pero es curioso ver cómo una mano distinta se atrevió a añadir tiempo después al margen de algunas partidas: asesinado, o mártir del odio de los judíos, y caiga la maldición de Dios sobre los asesinos cobardes de tantos mártires.

Reja de la desaparecida Casa de la Santa Hermandad que se encontraba en la calle Libertad

En total he contado 203 ejecutados. De ordinario, las ejecuciones son de un solo individuo, pero también se encuentran de grupos de dos, de tres, de cuatro, de cinco y hasta una de siete. Hay que añadir tres inscripciones de entierro de nueve individuos acuchillados (alguno no identificado), cuyos cadáveres recogieron los soldados en los términos de Poblete y que probablemente fueron asesinados por las partidas.

En cuanto a la clase personas ejecutadas, la mayoría son varones (jóvenes, mayores y ancianos), pero se encuentran también cuatro mujeres, una de ellas de ochenta y un años, y otra que muere con su esposo. Se haya hasta un sacerdote, capellán de la partida del Orejeta, y un oficial innominado, de la partida de D. Ventura, del que nadie dio razón.

5. Queda por reseñar la actuación y el papel que desempeñan en este asunto la Hermandad del Santo Cristo de la Caridad, establecida en la parroquia de San Pedro, y los hermanos de su Escuela de Cristo, según aparece en el texto de las partidas de difuntos de los ejecutados. Aunque cuanto sigue tiene presente las ejecuciones la Hermandad Vieja de Ciudad Real, es aplicable también, en cuanto cabe, en los casos de ejecución por la Justicia ordinaria en la ciudad.

a) Esta actuación no se presenta como una innovación sino como algo tradicional, como se afirma ya en la primera partida de ejecutados y como se lee en la que hemos ofrecido de ejemplo, que hace referencia, además, a similares de Toledo y de Madrid.

b) Era su Prioste y moderador de la Hermandad el Cura de la Parroquia.

c) Cuando el reo entraba en capilla, en la que permanecería tres días (a veces se abreviaban), la Justicia lo avisaba al Párroco para que pudieran asistirlo y administrarle los sacramentos.

d) El Párroco trasladaba el aviso inmediatamente a los hermanos de la Caridad y les invitaba para que durante esos tres días, a toque de campanilla, recogiesen limosnas para misas y otros sufragios, que se aplicarían después por el ejecutado.

e) Inmediatamente también se colocaba entre dos faroles frente a la cárcel, en la puerta del templo parroquial, la imagen del Santo Cristo de la Caridad, vulgarmente llamado el Cristo de los Ahorcados.

f) Al salir el reo a media mañana para su ejecución, los hermanos de nuestra cofradía, formaban en procesión, presididos por el Santo Cristo de la Caridad, que llevaba un sacerdote, y, acompañaban al reo, rezando rosarios, hasta el lugar del suplicio. Allí se colocaban con la imagen frente al cadalso, para que el reo se consolara contemplando la sagrada imagen. Tras la ejecución regresaban a la ciudad.

g) A media tarde volvían al lugar del suplicio y cuando la Justicia, después de decapitar el cadáver, ordenaba colgarlo nuevamente, los hermanos le suplicaban a voces que no lo hicieran, sino la Justicia se diera por cumplida y permitiera enterrar el cadáver, a lo que se solía acceder, de manera que este gesto terminó por considerarse un derecho.

h) En los días siguientes se celebraban en la parroquia la misa exequial y otros v sufragios, invitando a esos actos al clero de las otras parroquias y conventos, y se distribuía entre los sacerdotes de iglesias y conventos la cantidad recaudada en sus pericones para que celebraran más misas.

Este procedimiento, como he advertido antes, tiene presente a los reos condenados por la Hermandad Vieja de Ciudad Real, que eran ahorcados en Peralbillo, se mantuvo en lo principal también en las ejecuciones dentro de la ciudad hasta que se multiplicaron los fusilamientos a partir de de 1835. Entonces la permanencia de los reos en capilla se reduce a pocas horas, durante las cuales se prestan los auxilios espirituales a los condenados, pero no cabe realizar los actos previos a la ejecución establecidos por la Hermandad de la Caridad en sus estatutos. Se recuperan, sin embargo, incluso los tres días de capilla, en el caso de un condenado a garrote en la plaza del Pilar el año 1838.

JOSE JIMENO CORONADO (Cuaderno del Instituto de Estudios Manchegos número 38 http://biblioteca2.uclm.es/biblioteca/Ceclm/ARTREVISTAS/Cem/CEM38_jimeno_hermandades.pdf)


(1) Benedicto XVI el 21-XI-2012.
(2) Omito los nombres por delicadeza.
(3) Añadido entre líneas Viático.
(4) Lectura dudosa Corte.
(5) No hay noticia de una ermita con este título. Podría tratarse de un edículo adosado al exterior de la muralla o de distinto muro. En su entorno también se enterraron ajusticiados.

Lienzo de muralla donde ajusticiaba la Santa Hermandad (junto al camino del cementerio (comienzos del S. XIX). Dibujo de José Golderos Vicario publicado en su obra “Ciudad Real. Siete Siglos a Través de sus Calles y Plazas”


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