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lunes, 22 de octubre de 2018

EL DESAPERECIDO MONASTERIO DE LOS CARMELITAS DESCALZOS DE CIUDAD REAL (I)


 
El desaparecido Monasterio de los Carmelitas de Ciudad Real, ubicado en la Ronda del Carmen, enfrente de la calle del Carmen. Fotografía del  Centro Estudios de Castilla-La Mancha

La presencia de los carmelitas descalzos en Ciudad Real (tanto en su rama masculina como en la femenina) está vinculada a la figura de un caballero de la Orden de Montesa que era regidor de la ciudad: don Antonio de Galiana Bermúdez. El convento de los carmelitas descalzos se fundó con las rentas del mayorazgo instituido por don Antonio de Galiana en 1594. Los derechos del mayorazgo recayeron sobre doña Marina de Galiana, sobrina del fundador que debía cumplir una sola condición para disfrutar de la renta: casarse con don Francisco de Galiana Bermúdez (1). La escritura de mayorazgo regulaba la transmisión del mismo siguiendo las costumbres del momento (preferencia del hijo mayor al menor y del varón a la hembra) e incluía una cláusula que aclaraba el destino de los bienes ante una situación excepcional: la muerte de doña Marina sin tener descendencia. En este caso las rentas del mayorazgo debían servir para fundar dos obras pías: el convento de los carmelitas descalzos y una institución destinada a casar doncellas. La sobrina de don Antonio no tuvo hijos durante su matrimonio y, como era de esperar, esta falta de descendencia propició la aparición del convento.

A la hora de estudiar el convento de los carmelitas descalzos de Ciudad Real tenemos que partir de la propia carta de mayorazgo que otorgó don Antonio de Galiana en 1594. El documento en cuestión establecía una clara prelación entre las dos fundaciones que había instituido don Antonio; prelación que, sin duda, redundaba en beneficio de los frailes. El benefactor quería que los primeros esfuerzos económicos se consagrasen a la construcción del convento, que debía fundarse en su propia casa siguiendo en todo momento las condiciones y estatutos de la orden. La financiación de las obras y la dotación del edificio quedaron perfectamente acotadas, estipulándose que:

<<todo lo que fuere necesario gastarse se gaste de lo que rrentaren los demás frutos deste dicho mayorazgo estando sienpre lo principal dellos ynhiesto sin enaxenarse y bien rreparado (…) y haciendo los dichos gastos y hornamentos que de presente fueren nezesarios de los dichos frutos>>(2)

A continuación, don Antonio precisó el destino que se habría de dar a los réditos que siguiera produciendo su hacienda, señalando que <<de los demás frutos deste dicho mayorazgo no aviendo la dicha subcesion y hecho el dicho monasterio la rrenta dellos se gaste y rreparta en casar doncellas pobres de mi linaje>>. Esta obra pía quedó vinculada al convento de los carmelitas ya que, por expreso deseo del fundador, los derechos de patronazgo debían recaer sobre el prior <<del dicho monasterio que asi dexo ordenado>> y, al mismo tiempo, sobre <<los dos deudos mios mas cercanos que obiere>>; decretándose, además, que los tres patronos tendrían que reunirse en el convento para proceder al reparto de la renta.

Las ditectrices que marcó el fundador dejaban en el aire un tema tan importante como la renta que debía entregarse a los frailes para su manutención. Con la intención de aclarar este asunto, don Cristóbal Bermúdez y don Pedro de Galiana(3) se reunieron con fray Pedro de Cristo (definidor general de los carmelitas descalzos) y rubricaron un acuerdo que <<a priori>> acotaba todos los aspectos del proyecto. Los patronos no querían que se suspendiera <<el aver en esta ciudad (de Ciudad Real) rrelixiosos de la dicha horden (de Nuestra Señora del Carmen) ni tampoco cesse ni se suspenda el dotar las dichas doncellas>> mientras se construía el convento; por eso determinaron 

Montaje donde estuvo ubicado el Antiguo Monasterio de los Carmelitas. Montaje realizado por Víctor Diez Bejarano

que todos los años  debían <<apartarse>> 200.000 maravedís de las rentas generadas por los bienes del mayorazgo, cantidad que debía repartirse a partes iguales entre las dos instituciones: 100.000 maravedís <<para ayuda a los alimentos de los rrelixiosos que desde luego a de aver en el>> convento (estipulando que por lo menos habrían de ser <<quatro o cinco>>  los frailes que residieran en la localidad) y otros 1000.000 <<para dotar desde luego doncellas>>(4). Una vez terminado el convento, los frailes tendrían que recibir 600 ducados al año en concepto de limosna para costear su manutención y el resto de la renta que generasen los bienes vinculados por don Antonio habrían de servir para casar doncellas.

A cambio de la donación, los carmelitas tendrían que celebrar todos los años un par de oficios religiosos; oficios que debían aplicarse por el alma del fundador y, además, por un nutrido grupo de personas en el que tenían cabida los patronos de la disposición y todos los difuntos de don Antonio, incluyéndose una mención muy especial a sus dos mujeres: doña Beatriz de Guzmán y de la Serna y doña Isabel Treviño de Galiana. La primera ceremonia se iniciaba con unas vísperas solemnes el 12 de junio y continuaba al día siguiente (festividad de San Antonio de Padua) con una misa cantada, sermón y responso también cantado. El oficio restante estaba directamente relacionado con el ámbito funerario, se trataba un aniversario que debía celebrarse en la octava del día de los difuntos (5).

Para terminar, la concordia recogía otras dos contraprestaciones sociodevocionales: la necesidad de colocar las armas de don Antonio de Galiana (tanto paternas como maternas) en cuatro lugares del convento y el derecho de los patronos a enterrarse en la capilla mayor de la iglesia (6).

Las partes parecían haber llegado a un acuerdo válido pero las diferencias económicas provocaron un enfrentamiento bastante duro que llegó a los tribunales. Al final, el conflicto se solventó de forma amistosa con la redacción de una concordia que se rubricó el 2 de mayo de 1611. Este acuerdo seguía el mismo procedimiento a la hora de distribuir la renta (es decir, tomaba como punto de referencia la propia obra del convento) pero rebajaba de forma ostensible el dinero que debía entregarse (7). En este sentido, mientras se estuviese construyendo el edificio, se debían destinar 50.000 maravedís anuales para la manutención de los frailes que viviesen en la casa y otros 50.000 para la dotación de una doncella, tal y como lo dispuso el fundador. El resto de la renta debía servir para levantar la fábrica del edificio y, cómo no, para comprar todos los ornamentos que fuesen necesarios. Cuando el convento estuviese completamente terminado, <<asi de edificios como de ornato>>, se debían entregar a los carmelitas 400 ducados (es decir, 150.000 maravedís) anuales para costear sus alimentos y todo lo demás debía quedar para sufragar el resto de las obras pías que había fundado don Antonio (8).

A diferencia de lo que ocurrió en el plano económico, las contraprestaciones socio-devocionales solo sufrieron  una pequeña modificación. Y es que la concordia no recogía la necesidad de celebrar un sermón en la fiesta de San Antonio de Padua. El resto de las prerrogativas (colocación de los escudos de armas, distribución de los oficios religiosos, derechos de sepultura, etc.) seguía al pie de la letra los términos del acuerdo anterior.

José Javier Barranquero. “Conventos de la Provincia de Ciudad Real. Biblioteca de Autores Manchegos. Ciudad Real 2003.

Vista aérea del antiguo Monasterio de los Carmelitas en 1928. En la fotografía podemos ver la iglesia y sus antiguas dependencias destinadas entonces a manicomio (mano izquierda), junto al antiguo Hospital (mano derecha)

(1) Don Francisco era hijo de un primo hermano del fundador llamado Luis Bermúdez.
(2) Archivo Histórico Provincial de Ciudad Real, Hacienda, caja 792, doc. 2, sf.
(3) Don Cristóbal Bermúdez era patrono de la fundación y don Pedro de Galiana actuaba en nombre de su padre (don Diego de Galiana) que también era patrono de la institución, AHPCR, Protocolos notariales, legajo 116, fol. 89r.
(4) AHOCR, Protocolos notariales, legajo 116, fol. 91r.
(5) Los carmelitas debían oficiar estas ceremonias <<en rreconocimiento de la charidad quel dicho don Antonio de Galiana tuvo a esta rrelixion y de la charidad que los dichos patronos le hacen>>. AHPCR, Protocolos notariales, legajo 116, fol. 92r.
(6) Los patronos del convento tendrían la capacidad de elegir los cuatro lugares donde irían colocadas las armas del fundador. AHPCR, Protocolos notariales, legajo 116, fol. 92r.-92v.
(7) No sabemos qué motivó esta reducción pero podría deberse a dos motivos fundamentales: a una valoración más exacta de la renta que podía generar el mayorazgo o, lo que es más probable, a la crisis económica que se vivía en esos momentos, situación que como veremos más adelante afectó a la dotación del convento femenino.
(8) AHN, Clero, Clero secular-regular, legajo 1.864/2, sf.

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