Comentábamos en nuestra nota anterior,
la documentación que en distintas ocasiones envió el emperador Carlos V, o en
su nombre el Real Consejo, a la ciudad de Ciudad Real. Hoy, vamos a dar una
relación, sucinta e incompleta de varias cédulas y provisiones que se conservan
de dicho monarca en el archivo del Ayuntamiento de esta ciudad. Hasta la fecha
no hemos localizado las que a nuestro juicio las consideramos de mayor interés
histórico, como son las cédulas relativas a la entrada del Turco en Hungría, o
sobre la guerra de Nápoles y su triunfo contra el rey de Francia (2 de octubre
de 1528), ni la cédula de la emperatriz Isabel, para Ciudad Real, que da cuenta
de la intención del rey de Francia de entrar en España (Toledo, 30 de abril de
1539), así como la carta de la misma reina también dirigida a esta ciudad, en
la que comunicaba las paces hechas entre el Papa y los Reyes (1529).
En
cambio, se conservan varias provisiones y cédulas reales que nos demuestran que
junto a los graves problemas de tipo internacional (guerras con Francisco I,
luteranos, Barbarroja), el César Carlos V se veía obligado a atender la serie
de problemas que le presentaban las ciudades, quejas, aspiraciones, es decir,
el cotidiano vivir con todo el engranaje de los pueblos.
Es interesante la cédula firmada por
Carlos I, que autoriza: “Para echar por sisa 120.000 maravedís, para edificar
las casas del Ayuntamiento y Audiencia de la ciudad” y cuya exposición es la
siguiente: “D. Carlos por la Divina Clemencia, emperador de los romanos,
siempre augusto, rey de Alemania, y doña Juana su madre, y el mismo don Carlos por
la gracia de Dios, reyes de Castilla, de León, de Aragón, de Navarra, de
Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de
Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de
Algeciras, de Gibraltar, de las Indias, islas e tierra firme del mar Océano,
condes de Barcelona, señores de Vizcaya, de Molina, duques de Atenas y de
Neopatria, condes de Flandes y del Tirol etcétera, por cuanto por parte de vos
el Consejo, justicia, regidores, hijosdalgo e hombres buenos de la ciudad de
Ciudad Real, nos fue hecha relación por vuestra petición, diciendo que esa
dicha ciudad tenía mucha necesidad de una casa de Audiencia y Cabildo, que
tuviese la autoridad y manera que se requería, porque a causa de no la tener,
diz, que el corregidor de la ciudad y sus regidores hacen audiencia debajo de
los portales y otros lugares deshonestos, y que en dicha ciudad tenían
compradas dos tiendas en la plaza della, lugar muy conveniente, y estaban
descuidadas para ello, y por si hasta agora, no la habiades hecho, había sido
por no tener 100.000 maravedís y que eran menester para el dicho edificio…
(Dada en Toledo el 26 de marzo de 1534). Otra, también refrendada de su real
mano pide a Ciudad Real “le socorrieran con 200 cuentas de maravedís para la
ayuda de guerra” (Requena, mil quinientos veintiocho).
Son numerosas las provisiones sobre los
temas más diversos, así:
Impuesto de Sisa, repartimiento de
alcábalas, derecho de mentazgo, leñas, langosta y los derechos de hierbas. En
1530 da un privilegio, que concede a la pechería de esta ciudad la facultad
perpetua para que se venda las hierbas de la Atalaya y Valcansado, para pagar los
servicios ordinarios de su Majestad.
Sobre el abasto del pan y carne
destacamos cuatro provisiones:
Primera) La carta y provisión, contra
los revendedores del pan, de Ciudad Real (15 de octubre de 1529).
Segunda) En Ocaña, ordena que se pueda
sacar pan de Ciudad Real, como sea, para fuera de estos reinos (14 de marzo de
1531).
Tercera) En el año 1546 manda al
corregidor provea lo que convenga para que la plaza de esta ciudad, se provea
del pan cocido que sea necesario para el proveimiento de los vecinos y
caminantes; que la ciudad se queja que hay mucho trigo en poder de los
mercaderes que lo tienen comprado para revender.
Cuarta) En Ocaña (1531) concede la
autorización “para que los vecinos de Ciudad Real puedan entrar en los términos
de la dicha ciudad, desde el día de Todos los Santos, hasta el fin del mes de
abril, 2.000 cabezas de ganado forastero”.
El tema del orden público es tratado también
en otras provisiones “sobre las armas que se tomaren en las pendencias”
(Valladolid, 1536). A “pedimento de esta ciudad manda que la Justicia no tome
los dineros a los que hallare jugando in fraganti”, y en 1546 ordena al
corregidor que no proceda de oficio contra las personas que riñesen de palabra,
sin querellarse, y no habiendo sangre. Y finalmente, queremos exponer la
siguiente carta, que revela el carácter bondadoso y humanitario del emperador
al dictar una provisión sobre: “Que los presos pobres no paguen derechos, ni se
les quite ropa, por ellos” (Madrid, 2 de octubre de 1539) y que se custodia
también en el archivo citado.
Isabel
Pérez Valera. Diario Lanza, jueves 16 de octubre de 1958, páginas 2 y 3.
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