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miércoles, 11 de julio de 2018

LA IGLESIA DE LOS MERCEDARIOS DESCALZOS DE CIUDAD REAL Y DON ALVARO MUÑOZ DE FIGUEROA


Armas de Álvaro Muñoz de Figueroa en el dintel de entrada a la iglesia

Los mercedarios descalzos de Ciudad Real iniciaron las obras del convento a principios de 1621. La comunidad adquirió varias casas y después procedió a su derribo para levantar un edificio de nueva planta. El proyecto se financió con la renta que había dejado el fundador y, aunque no conocemos los pormenores de carácter arquitectónico, sabemos que en su desarrollo se incluía la construcción de una iglesia (1). Este primer recinto religioso debía ser bastante modesto porque los mercedarios tuvieron que hacer frente a la necesidad de levantar otra iglesia en muy poco tiempo. Los frailes carecían de recursos económicos para embarcarse en una empresa de este tipo, pero sus problemas encontraron solución gracias al apoyo de un caballero de Ciudad Real que mantenía una relación muy especial con la orden. Nos estamos refiriendo a don Álvaro Muñoz de Figueroa que, según sus propias palabras, deseaba financiar las obras de la iglesia en “servicio de Dios nuestro señor y de su culto divino y en honrra de la conzepzion purisima de la Virgen Santta Maria nuestra señora(2).

Don Álvaro conocía las necesidades del convento y se puso en contacto con el vicario general de los mercedarios descalzos para explicarle sus intenciones. Las condiciones que debían observarse en la ejecución del proyecto quedaron plasmadas en un memorial que redactó don Álvaro el 14 de noviembre de 1673. Según consta en este documento, el caballero construiría a su costa la iglesia que:

necesita el combento de religiosos descalzos de la Merzed desta ciudad según la planta ordinaria de que usa la religión en la descalzez (…) hasta ponerla en toda perfezion sin que se yncluia en esta ofertta retablo, o ornamenttos algunos solo la fabrica de la dicha yglesia(3).

El mecenas se comprometió a comenzar las obras en el mismo momento en que la orden enviase un “maestro religioso” que trazase la planta del edificio y afirmó que levantaría la iglesia “desde sus fundamentos hasta su cumbre, bodeda y solería (para que) quede en toda seguridad y perfeccion(4).

Cúpula sobre pechinas del crucero, rematada por una linterna 

A cambio de su apoyo económico, don Álvaro tenía la intención de colocar sus armas “dentro y fuera de la yglesia” en aquellos lugares que le pareciesen más convenientes. Además, quería reservarse la propiedad de “la bobeda y entierro principal de la capilla maior”; precisando que, en su interior, sólo podrían sepultarse sus familiares más directos y aquellas personas que “dejare nombradas” en su testamento (5). En última instancia, el caballero deseaba recibir los favores espirituales de los mercedarios, ya que los miembros de la comunidad tendrían la obligación de celebrar todos los viernes una misa cantada en el altar del Santísimo Cristo crucificado y realizar un oficio fúnebre (oficio compuesto de vigilia, misa cantada y responso) el día de los difuntos (6); sufragios que el mecenas compartiría con aquellos miembros de su familia que hubieran fallecido.

Las prerrogativas que solicitaba don Álvaro eran bastante limitadas porque renunciaba a ciertos derechos que solían detentar los patronos de otras fundaciones piadosas. En este sentido, el benefactor precisó que no pretendía “ligar al comvento de los derechos y uso de la capilla maior para sus actos y entierros asi de religiosos como de qualesquiera que por su devozion quisieren enterrase en la dicha iglesia (7).  Los frailes podrían disponer con entera libertad de este espacio y aumentar sus ingresos con los derechos de sepultura ya que, don Álvaro, sólo quería reservarse la bóveda principal. De la misma forma, el caballero no quiso disfrutar de ningún asiento privilegiado en la capilla mayor, renunciando de esta forma a una prerrogativa muy extendida. La intención del patrono era permitir el acceso a todas las personas que quisieran escuchar los oficios desde este espacio privilegiado; por eso señalo que dentro de la capilla mayor se podría sentar cualquier persona en “qualquiera días y fiesttas(8).

Fray esteban entregó el documento al secretario general de la orden (fray Juan de Santo Tomás) para que lo hiciera llegar al comendador del convento. Las instrucciones del vicario general hacían hincapié en la necesidad de realizar las gestiones con una gran rapidez. Los frailes debían celebrar dos reuniones y tomar una decisión al respecto en el plazo de veinticuatro horas. Fray Juan cumplió su misión el 15 de noviembre y ese mismo día se llevaron a cabo todas las diligencias. Los frailes aceptaron la propuesta que hacía don Álvaro y decidieron pedir permiso al capítulo provincial de la orden para poder redactar la escritura que sancionase el acuerdo con su benefactor. Acto seguido, el comendador del convento (fray Manuel de San José) remitió un escrito a los miembros del capítulo en donde certificaba la necesidad que tenían los frailes de contar con una iglesia adecuada “por el grande concurso destta ciudad y (…) por la imposibilidad moral y física de hazer la fabrica della(9).

Vista del altar mayor y los retablos laterales al mismo. Fotografía de José Alarcón

La decisión que adoptaron los padres capitulares resulta especialmente importante no sólo porque aceptaron el proyecto sino también porque incrementaron las prerrogativas que le correspondían a don Álvaro como patrono de la iglesia sin que éste lo pidiera. Los frailes quisieron equiparar las contraprestaciones que recibiría el benefactor con los privilegios que disfrutaban el resto de las personas que ostentaban el patronazgo en otras iglesias de la orden. Algunas medidas eran de carácter espiritual pero otras estaban relacionadas con valores más prosaicos, d tipo social. En el plano meramente religioso, los frailes del convento debían aplicar la disciplina que realizaban todos los viernes en beneficio del patrono y de su mujer, doña María de Torres. A medio camino entre las necesidades de tipo religioso y la ostentación social nos encontramos con una disposición que afectaba al entierro de la pareja. A este respecto, los miembros del capítulo decretaron que:

en el dia del ffallezimientto de dichos señores don Albero Muñoz de Figueroa y doña Maria de Torres sean los religiosos del dicho nuestro combentto obligados a llevar en hombros sus cuerpos como se hacen con los patronos de nuestras yglesias y combenttos con tal (eso sí) que su entierro sea en la dicha su iglesia y bobeda(10).

Las prerrogativas de carácter meramente social estaban relacionadas con la celebración de la Semana Santa y su puesta en práctica comenzaba el mismo Domingo de Ramos. Ese día los frailes del convento tendrían que entregar una palma a don Álvaro y, en caso de no asistir a los oficios religiosos que se celebrasen en la iglesia, debían llevársela a su casa. Siguiendo la misma línea, los mercedarios tendrían que ofrecerle la llave del Santísimo Sacramento (es decir, la llave del sagrario) todos los jueves santos, resaltando de esta forma la importancia social de patrono.

La escritura que selló el acuerdo entre don Álvaro y los mercedarios se firmó el 12 de abril de 1674 en el convento de Ciudad Real. El documento es una mera ratificación de los compromisos que habían adquirido las partes, por lo que no aporta ningún dato sobre la fábrica del edificio.

José Javier Barranquero. “Conventos de la provincia de Ciudad Real”, páginas 374-378

(1)  La primera piedra de este recinto se colocó el 26 de febrero de 1622. AHN, Clero, Clero secular-regular, libro 2.837, fol. 35r.
(2)  Archivo Histórico Nacional, Clero, Clero secular-regular, legajo 1.867, sf.
(3)  Ibídem.
(4)  Ibídem.
(5)  En relación con los derechos de sepultura que tendrían sus familiares, don Álvaro afirmó que la bóveda de la capilla mayor habría de ser para él, su mujer y sus sucesores, “si los hubiere”. Ibídem.
(6)  Si surgía algún problema, el oficio de difuntos podría celebrarse en “qualquier otro dia desocupado de su octava”. Ibídem.
(7)  Ibídem.
(8)  Esta actitud incidía sobre los derechos de sus sucesores porque tampoco reservó asiento para ellos. AHN, Clero secular-regular, legajo 1.867, sf.
(9)  Ibídem.
(10)  Archivo Histórico Nacional, Clero, Clero secular-regular, legajo 1.867, sf.

Vidriera con la imagen de la Virgen del Prado en el coro de la iglesia

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