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martes, 24 de noviembre de 2015

CALATRAVA Y CIUDAD REAL. UNAS NOTAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LA CIUDAD Y LA ORDEN (SIGLOS XIII-XV) II


Todas las imágenes que reproduzco fueron publicadas en la revista “La Esfera  ilustración mundial” Año IV Número 188  1917 agosto 4, en un artículo sobre Calatrava la Nueva

3.  DE LA LUCHA ARMADA A LA MUTUA ACEPTACION. SIGLO XIV

Pese al cambio de siglo, las actitudes de los bandos contendientes no sufren modificación alguna, al  menos  en  los  primeros  momentos.  Resulta  obvio  que  las  tensiones  debieron  continuar  y  que  éstas se  concretaban  preferentemente  en  los  territorios  calatravos  limítrofes,  ocasionándose  ambas  partes con sus escaramuzas daños y destrozos de diversa consideración. Así las cosas, en 1303 se llega a un compromiso  entre  la  ciudad  y  el  comendador  y  concejo  de  Caracuel  en  el  que  se  acuerda  designar  al comendador  de  Villamayor  como  juez  para  que  concierte  y  ponga  paz  respecto  a  los  daños,  prendas y diferencias habidas entre ambas partes (33).

El  acontecimiento  relacionado  es  un  fiel  exponente  de  que  este  período  de  tensiones  va  a  tener como telón de fondo el problema ganadero. El asunto no hay que plantearlo como una novedad, dado que, al parecer, desde época de Alfonso el Sabio y Sancho IV la ciudad —debido sin duda a la exigüidad de su alfoz— podía aprovechar pastos y aguas, así como cortar leña, en territorio de la Orden, privilegio  que  habían  nuevamente  pactado  con  el  maestre  don  García  López  de  Padilla.  Bien  porque  los realengos  se  excediesen  en  el uso  de  estas concesiones,  bien  porque  la Orden  aprovechase  la  oportunidad para ejercer de nuevo presiones, bien por motivaciones que resultan desconocidas, lo cierto es que se  desencadena  un  período  turbulento  en  el  que  Fernando  IV  interviene  a  favor  de  los  realengos  y ordena  a  los  concejos  de  Córdoba  y  Toledo  que  les  presten  ayuda  (34).  No  obstante  la  toma  de  postura  del  monarca,  la  Orden  se  resistió  a  aceptar  los  hechos.  Ello  motivó  que  en  1305  la  reina  doña María se dirigiese a los de Villa Real para manifestarles que podían usar libremente de todos los aprovechamientos de leñas, madera y carbón que solían tener en tiempos de otros maestres, de tal manera que si se lo impidiesen los de la Orden, que se lo comunicasen, puesto que ella se encargaría de enviar gente de guerra para su ayuda (35). Como se puede apreciar, la cuestión se plantea ya en otros términos.  No  desde  un  punto  de  vista  meramente  legal,  sino  desde  posiciones  de  fuerza  y  amenazas  de confrontación armada abierta.

(33)   Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 20. El dato permite avalar lo expuesto en la nota anterior, pues parece apuntar al hecho de que la Hermandad no hacía mucho tiempo que había sido creada. Me estoy refiriendo, como es lógico, a la de Ciudad Real.
(34)    1305,  febrero  3.  Madrigal.  A.  M.  Ciudad  Real,  núm.  15  (en  conf.  de  Alfonso  XI  de  1329).  Publ.  DELGADO  MERCHAN,  L.: Historia  documentada, pp.  367-368.  Y  1305,  febrero  10.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, pp. 20-21.
Sobre la exigüidad del alfoz, cfr. mi trabajo de tesis. Desearía volver en otra ocasión sobre este punto, que creo poder matizar más y que puede resultar de interés. Cfr. también lo expuesto por J. GONZALEZ: Repoblación de Castilla la Nueva, y La repoblación de la Mancha,p. 22.
(35)    1305.  Burgos.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  21.  Cit.  DELGADO  MERCHAN,  L.:  Historia  documentada, p. 91.


El problema se diluye un tanto con el cambio de señorío de la ciudad (36), pero pronto se agravaría con  la muerte ese mismo año, de 1312, del monarca y la consiguiente minoridad de su sucesor Alfonso XI.

Este  cambio  de  circunstancias  fue  sin  duda  aprovechado  por  la  Orden  para  entrar  en  contacto con la de Santiago a fin de obtener su ayuda para la consecución de sus planes. Pero el hecho no le pasaría desapercibido a los realengos, que recurren, en virtud de la hermandad pactada años atrás, al concejo de Toledo, el cual se encargará de neutralizar el apoyo de los santiaguistas a Calatrava. Esta, por  su  parte,  empecinada  en  la  consecución  de  los  objetivos  que  se  había  trazado,  continuaba  aplicando  unos  métodos  poco  ortodoxos  contra  los  de  Villa  Real,  por  lo  que  los  toledanos  dieron  cuenta de ello a los tutores de Alfonso XI (37).

Retirado el apoyo santiaguista y algo más fortalecida la ciudad, ambas partes intentan un nuevo acuerdo. No obstante, las circunstancias generales por las que atravesaba el reino castellano no resultaban el caldo de cultivo más propicio para la obtención de los mencionados objetivos. Las negociaciones  comenzaron  en  1320  (38),  pero  no  debieron  llegar  a  término  —o  duraron  poco—,  puesto  que  en diciembre del año siguiente se los ve nuevamente enfrentados. Consecuencia de ello es que el maestre, don  García  López  de  Padilla,  mandó  que  se  hiciese  mercado  en  Miguelturra  —a  muy  corta  distancia de la ciudad—, mientras que los comendadores y vasallos de la Orden continuaban con las muertes y daños a sus moradores, impidiendo, además, el paso de mercancías hacia la misma. Requerido el maes tre por dos procuradores realengos, respondió nombrando por árbitros al clavero de la Orden y a Ñuño Gómez, lo cual no fue aceptado por los de la ciudad, con el consiguiente enfado del maestre (39).

(36)   1312. Cit. DELGADO MERCHAN, L.: Historia documentada, p. 130, nota 1.
(37)    1314.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  22.  Cit.  DELGADO  MERCHAN,  L.: Historia  documentada, p. 99. Y 1316. Reg. BERNABEU, E.:  Inventario, p. 22. Para la historia del reinado de este monarca se carece de una obra  de conjunto,  labor que  pretendía  el malogrado prof. S. de MOXO.  No obstante, sobre las relaciones del monarca con las Ordenes Militares dicho medievalista nos dejó su trabajo: Relaciones entre la corona y las Ordenes Militares  en  el  reinado  de  Alfonso  XI, en  VII  Centenario  del  Infante  don  Fernando  de  la  Cerda,  Ciudad  Real,  1976,  pp.
117-158.

(38)   1320. Almagro. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 22.
(39)    1321,  diciembre  11.  (Bolaños.)  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, pp.  22-23.  Cit.  DELGADO  MERCHAN, L.: Historia documentada, p. 100.


No debieron llegar a solución alguna, puesto que en 1322 nuevamente se detectan contactos entre ambas partes para llegar a un acuerdo, interviniendo en el asunto el infante don Felipe, uno de los tutores de Alfonso XI (40). Pero el tema, lejos de solucionarse, se complica aún más al incidir sobre él otros factores ajenos al mismo, como era el estallido del cisma en la Orden.

Don Juan Núñez, clavero de la misma, con otros caballeros, se enfrenta al maestre a raíz de una desafortunada acción de éste en una entrada a tierra de moros. Lo que menos importa en este caso es saber cuál de ellos tenía razón. Lo cierto es que, al regreso, el clavero con sus seguidores se estableció en Villa Real con intención de residir allí —y de donde probablemente era oriundo— hasta la mayoría de edad de Alfonso XI (41).

Este  hecho  va  a  jugar  un  papel  en  cierto  modo  determinante  sobre  los  acontecimientos  que  se desencadenarán. No hay que olvidar que, dada la situación por la que atravesaban las relaciones entre la ciudad y la Orden, resultaba obligado para el clavero adoptar partido, haciéndolo a favor de los realengos. Y así, ese mismo año de 1322 establece un acuerdo con el concejo de la ciudad prometiéndose mutuamente buen tratamiento y amistad (42). Pero las contiendas seguían su curso, lo que obligó a los realengos a plantear el caso ante la corte. Esta intentaría una conciliación, para lo cual encargaría posiblemente una acción de arbitraje a la Orden de Santiago, realizándose a través del comendador mayor de Castilla y del comendador de Estremera (43).

El fracaso sería total, llegando a comienzos de 1323 a una situación límite. Los acontecimientos se  precipitaron.  El  infante  don  Felipe,  ante  los  sucesosdesencadenados,  ordena  a  Diego  Sánchez  de Biedma, alcaide de Jaén y de los castillos de Tíscar y Quesada, que acuda, junto con los concejos del obispado de Jaén, en apoyo de los realengos. La confrontación fue dura y en un primer momento desfavorable a los de Ciudad Real. Pero la cuestión no se dio por zanjada y resuelta, antes al contrario. Diego  Sánchez  de  Biedma,  al  frente  de  la  facción  realenga,  se  dedicó  a  correr  los  territorios  de  la  Orden matando  y  quemando  los  lugares  de  Miguelturra,  Peralvillo  y  Benavente  (44),  todos  ellos  aledaños  de la ciudad.

(40)    1322,  agosto  23.  Almadén.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  23.  Y  otros  dos  docs,  del  mismo  año.  reg. por el mismo autor en dicha página.
(41)    Cfr.: Crónica  de  Alfonso  XI, B.  AA.  EE.,  pp.  195-196.  Sobre  lo  mismo,  RADES  y  ANDRADA,  F.: Crónica de Calatrava, fol. 50.
(42)    Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  25.  A  don  Juan  Núñez  parece  que  le  siguieron,  tomando  partido por  Ciudad  Real,  los  comendadores  de  Calatrava  la  Vieja,  Juan  Arias,  y  de  Guadalerza,  Ñuño  González.  Cfr.  1326,  junio 13. Ciudad Real. A. M. Ciudad Real, núm. 16.
(43)   Cfr. tres docs., de hacia 1322. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, pp. 23-24.

(44)    1323,  febrero  4.  Erija.  A.  M. Ciudad  Real, núm.  17.  Cit.  DELGADO  MERCHAN, L.: Historia  documentada, p. 100. Cfr. también Crónica de Alfonso XI, p. 196, que relata los acontecimientos de que se trata* y RADES Y AND RADA, F.: Crónica de Calatrava, fol. 50v-51r, que confunde la fecha.


Aunque la suerte no favorecía a ninguno de los contendientes, estos enfrentamientos sí permitieron a los de Ciudad Real tener conocimiento de determinadas situaciones anómalas, como era el hecho de que ciertos caballeros de Toledo se encontraban apoyando al maestre calatravo. Los ánimos cansados y en vista posiblemente de que la situación degenerase y se adentrase en un callejón sin salida —con el peligro  que  ello  podría  comportar—,  en  el  mes  de  julio  el  concejo  envía  a  García  Ramírez  y  a  Sancho Ruiz  de  Villegas,  como  procuradores  suyos,  para  que  se  entrevisten  con  el  maestre  don  García  López a fin de pedirle satisfacción de los daños y aprovechar la ocasión para enfrentar a los caballeros toledanos rogándoles que abandonasen el bando calatravo (45).

Con  anterioridad  o  simultáneamente,  por  su  parte,  el  clavero  don  Juan  Núñez  debió  iniciar  negociaciones con el maestre a fin de llegar a un acuerdo, puesto que la clavería la tenía embargada, y solucionar sus diferencias. La circunstancia sería aprovechada por los realengos para hacer saber su apoyo al  clavero,  el  cual  ve  una  ocasión  propicia  para  constituirse  en  intermediario  y  lograr,  de  este  modo, una tregua “hasta el día de Carnestolendas primero” (46). La tregua pactada permite el inicio de negociaciones con vistas a una concordia. Para ello el concejo nombra a Pedro Díaz y a Martín Gómez procuradores y los envía a Almagro para entrevistarse con el maestre (47).

La intercesión de frey Juan Núñez debió ser más bien un gesto de buena voluntad por su parte para llegar a la solución de sus problemas con el maestre. Lo cierto es que, iniciadas las negociaciones de los realengos con el maestre calatravo, el asunto de la clavería estaba aún pendiente. El hecho sin duda tendría preocupado al antiguo clavero, que vería sus rentas sensiblemente mermadas con el embargo.  Temiendo,  además,  que  quizá  lo  dejasen  a  un  lado  en  el  entendimiento  entre  ambas  partes, logra la  aprobación,  y  ratificación del  pacto  realizado  con anterioridad entre él y el concejo de Ciudad Real (48). Esta circunstancia hace que las negociaciones se prolonguen, si bien se llega a algunas soluciones parciales. Así, el comendador mayor de Calatrava, frey Pedro García, promete resolver el asunto de las prendas tomadas por los vecinos de Piedrabuena y en la ribera del Jabalón, asegurando que no se tomarán “bueyes ni bestias de arada ni las que fueren al molino durante la tregua” (49). Pero también la  Orden  exige  la  reparación  de  los  daños  causados  por  los  vecinos  de  Ciudad  Real  a  los  suyos  (50), teniendo en cuenta que los realengos, en todo este asunto, se sentían apoyados por el monarca (51).

(45)   1323, julio 1. Villa Real. Son dos docs., de igual fecha. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 25.
(46)   1323 (antes de noviembre). Se trata de dos docs. diferentes. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p.26.
(47)   1323 (antes de noviembre). Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 26.
(48)    1323,  noviembre  8.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  25.  Cit.  DELGADO  MERCHAN,  L.: Historia documentada, p. 101.
(49)   1323. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, pp. 25 y 26. Dos docs.
(50)   1323. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 26.
(51)    1323.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, pp.  26-27.  Cit.  DELGADO  MERCHAN,  L.: Historia  documentada, p. 101.


A  comienzos  de  1324  los  acuerdos  parece  que  avanzaban  e  iban  por  buen  camino.  Diego  Sánchez de Biedma había abandonado el territorio y había sido pagada su ayuda por el concejo con 20.000 maravedís  (52).  Pero  el  asunto  de  la  clavería  resultaba  un  escollo  de  difícil  solución.  Los  buenos  ofi dos de don Juan Núñez en la corte, viendo que sus temores resultaban fundados y que el acuerdo parecía inminente, logran que el infante don Felipe ordene al concejo que no otorgue la tregua hasta que no se encuentre desembargada la clavería que detentara dicho personaje, “por cuanto el clavero siempre ha defendido a Villa Real” (53).

Pese a las dilaciones, poco antes de mayo se encontraría ya redactado el texto base del acuerdo y el 20 de dicho mes se llega a su firma (54). En él se establece “que las gentes de la vuestra tierra e de la nuestra que entren a Villa Real e anden saluos e seguros de la vna parte a la otra con sus merchandias,  de  tal  manera que  non  aya  vedamiento  ninguno  en  publico  nin encubierto.  E las  gentes  que  de las otras partes vinieren a la vuestra villa e a los vuestros logares, esso mismo”. Este acuerdo general contenía, no obstante, determinadas condiciones. En primer lugar, un plazo: el día de san Juan Bautista “primero que viene” (24 de junio). Dicho día quedaría desembargada la clavería de don Juan Núñez. Y  para que no ocurriese lo que en treguas anteriores, se nombran dos jueces: García Pérez de Almodovar, vecino de Ciudad Real, y Juan Martínez de Almagro, probable representante de la Orden.

Esta tregua, firmada en Almagro, tuvo como autores por parte de la Orden al comendador mayor, frey  Pedro  García,  y  al  clavero  usurpador,  frey  Gonzalo  de  Mesa,  pero  no  contó  con  la  presencia  del maestre.  Su  confirmación  llegaría  en  septiembre  (55).  La  razón  de  esta  tardanza  posiblemente  tenga su explicación en los problemas internos por los que atravesaba dicha institución, que aún no se encontraban plenamente solucionados.

Una  vez  en  la  clavería,  don Juan  Núñez  no parece  que  echó en  saco  roto  los  sinsabores  que  le hicieran pasar los de la ciudad en las negociaciones últimas con la Orden. Por ello no resulta extraño que se sintiese moralmente desligado del pacto que hiciera con la ciudad y redactase unas ordenanzas para que los vecinos de la Orden no llevasen a vender pan ni vino a la ciudad, ni que los de ésta lo hiciesen  en  territorio  de  la  institución  cuya  dirección  se  había  arrogado.  De  nuevo  los  realengos  tienen que presentar sus quejas ante el monarca, quien el 28 de septiembre de ese año de 1324, estando en Burgos, ordena al clavero que no ponga en práctica tales medidas y que unos y otros puedan realizar sus transacciones libremente (56).

(52)    1324,  febrero  27.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  27.  Cit.  DELGADO  MERCHAN,  L.: Historia documentada, p. 102.
(53)   1324 (antes de mayo). Ecija. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 27.
(54)    1324,  mayo  20  (Almagro)  A.  M.  Ciudad  Real,  núm.  18.  El  doc.  previo,  reg.  BERNABEU,  E.: Inventario,p. 27.
(55)   1324, septiembre 12. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 24.
(56) 1324, septiembre 28. Burgos. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 27-28. Cit. DELGADO MERCHAN, L.: Historia documentada,105, que le da fecha de 1329.
El  dato  resulta  tan  confuso  como  los  acontecimientos  relatados,  pues  queda  la  duda  de  quién  tiene  razón.  El extracto  del  documento,  única  referencia  conocida,  habla  de  don  Juan  Núñez  como  “maestre”,  pero  aún  no  lo  era
aquel año. He intentado, pues, seguir la pista al monarca para comprobar en cuál de los dos años se encontraba en Burgos por aquellos días. El no contar con su itinerario ha hecho la labor ardua y los resultados, pese a los títulos consultados, muy escasos. No obstante, me inclino a pensar como fecha más probable la de 1324 por las razones que
a continuación expongo.
En  1329,  entre  agosto y septiembre,  parece  que  Alfonso  XI  no  sube más al  norte  de  Valladolid,  bajando de allí a Salamanca, Ciudad Rodrigo y Fuente Guinaldo para entrevistarse con el monarca portugués. Cfr. Crónica de Alfon so  XI, B.  AA.  EE.,  caps.  LXXXII  y  LXXXIII.  También,  porque  explicita  la  cronología, Gran  Crónica  de  Alfonso  XI, ed. de D. Catalán, Madrid, 1977, caps. CIII y CIV.
Por otro lado, no he encontrado ninguna referencia documental que sitúe al monarca en Burgos en aquel año.
La elección de 1324 estriba en que el asunto cuadra mejor en dicho año, ya que en la concordia firmada entre la ciudad y la Orden meses antes, concretamente en mayo, se habla de restablecer el tránsito libre de mercancías, lo que no ocurrirá en 1329.
Corroborando,  aunque  muy  débilmente,  esta  fecha  se  encuentra  el  dato  proporcionado  por  D.  MANSILLA,  que fecha un documento de agosto de 1324 en Burgos, si bien de manera supuesta. Cfr. su Catálogo documental del Archivo Catedral de Burgos (804-1416), Madrid-Barcelona, 1971, núm. 1.201. Insisto sobre la debilidad de la argumentación.
¿Cómo, pues, explicaría que en la referencia documental aparezca don Juan Núñez como maestre? Creo que más bien puede tratarse de un lapsus del copista del siglo XVI encargado de realizar el inventario. Conocedor de que había ocupado el maestrazgo, se lo asignó antes de tiempo.


No les debió agradar mucho a los realengos el gesto de don Juan Núñez, por lo que adoptaron la táctica  de  aprovechar  las  disensiones  internas  por  las  que  atravesaba  dicha  institución,  dirigiéndose al  maestre  don  García  López  como  interlocutor  válido  en  sus  asuntos.  Así,  en  diciembre  de  1324, estando  dicho  maestre  en  Almagro,  se  presentaron  ante  él  dos  procuradores  del  concejo  en  demanda de la guarda de las treguas asentadas con anterioridad por ambas partes, aprobándolo aquél y redactando  un  nuevo  documento  confirmatorio  (57).  Los  realengos,  pues,  prefieren  como  interlocutor  al que  atrora  fuera  su  enemigo,  lo  que  explicaría  la  carta  que  enviaron  a  don  García  dando  seguridad a cualquier persona de la Orden que viniese con mensaje del maestre (58).

Las tensiones entre la ciudad y la Orden, lejos de solucionarse, se agravaron a causa de la situación que ésta atravesaba. Los realengos se dirigieron nuevamente a don García López con el fin de que or­denase a los freiles y lugares de Malagón, Peralvillo, Calatrava, Miguelturra, Caracuel y Herrera, que no prendasen a los vecinos de Ciudad Real ni les quitasen las bestias utilizadas en el transporte de leña (59). Vana súplica. La Orden de Calatrava se encontraba fragmentada y resultaba difícil obtener un acuerdo.

En 1325 las tensiones debieron llegar a un estado bastante crítico, puesto que el infante don Felipe excusa a la ciudad del envío de cien hombres de a caballo y doscientos ballesteros con que estaba obligada a contribuir para la guerra contra el musulmán. La razón aducida es “que no dejasen desamparada la villa por la guerra que traía con la Orden de Calatrava” (60). Y ese mismo año, también, el concejo da poder a sus procuradores para que se presenten en Almódavar ante ciertos comendadores a fin de establecer un acuerdo sobre los daños recibidos por los vecinos de la ciudad y las prendas que les habían hecho los de la Orden (61).

En  el  Ínterin,  llegado  Alfonso  XI  a  la  mayoría  de  edad,  y  estando  en  las  Cortes  convocadas  en Valladolid, se presentaron ante él frey Juan Núñez y otros caballeros quejándose del maestre. Las buenas relaciones del clavero con las altas esferas logran sus frutos. El monarca emplaza al maestre a comparecer ante él, pero don García, vista la situación y haciendo caso omiso del mandato real, se marchó a  la  encomienda  de  Alcañiz,  en  territorio aragonés.  El rey,  entonces, ordena  que  allí  mismo  en  Valla­
dolid se reúna el capítulo de la Orden para elegir nuevo maestre. Se depuso a don García López de Padilla y se nombró, como era lógico, a don Juan Núñez de Prado (62).

La  negociación,  pues,  dadas  las  circunstancias,  resultó  laboriosa.  La  fecha  que  se  conoce  del acuerdo es abril de 1326, en que don Juan Núñez, titulándose maestre, junto con sus comendadores, restableció la concordia. Por ella se le permitía a la ciudad la

(57)   1324,  diciembre  11  y  1324.  Almagro.  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  27.1324.  Reg.  BERNABEU, E.: Inventario, p. 28.
(58)   (Hacia 1324). Reg. BERNABEU, E.: Inventario,p. 24.
(59)   (Hacia  1324).  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario,  p.  28.  Nótese  que  los  lugares  citados  se  encontraban en las vías Toledo-Córdoba y Ciudad Real-Extremadura. El dato no carece de valor por su posible referencia a los fenómenos ganadero y comercial.
(60)  1325.  Ecija  Reg.  BERNABEU,  E.: Inventario, p.  28.  Cit.  DELGADO  MERCHAN,  L.: Historia  documentada, p. 101.
(61)   1325. Reg. BERNABEU, E.: Inventario,p. 29.
(62)    Cfr. Crónica  de  Alfonso  XI, B.  AA.  EE.,  200.  También  RADES  Y  ANDRADA,  F.: Crónica  de  Calatrava, fol. 51


corta de leña, verde y seca, de madera, el aprovechamiento  de  pastos  y  aguas  con  sus  ganados,  hacer  carbón  y  cortar  esparto.  Esto  se  podría realizar  en  todo  el  territorio,  con  unas  excepciones:  las  dehesas  de  Zacatena,  Turruchel  y  Porras  de
Mestanza,  así  como  otras  dehesas  boyales  “que  son  guardadas”  (63).  El  acuerdo  quedaba  supeditado a la decisión real, ante el cual estaba presentado y pendía el pleito.

Este  tardaría  aún  bastante  tiempo  en  fallarse.  En  mayo  de  1329,  estando  presentes  ante  el  rey el maestre don Juan Núñez y los procuradores de la ciudad, Gonzalo Fernández y Cristóbal Fernández, Alfonso XI les otorgó perdón de todas las muertes y daños que se hicieran ambas partes (64). Por esas mismas fechas dicho monarca dicta sentencia declarando que fuesen devueltas a la Orden las heredades ocupadas en Miguelturra, Benavente, Alcolea y Picón, así como los lugares de El Turrillo, Fernancaballero, Peralvillo y La Celada (pertenecientes entonces a la encomienda de Calatrava la Vieja), La Fuente y  Robledo  (de  la  encomienda  de  Malagón),  las  aceñas  de  El  Espino,  Gajión,  Gaitán,  Pedro  Sánchez, el Batanejo, El Emperador, La Celada, Torre Merina y un batán. Además de todo esto, manda que los de Ciudad Real entreguen 60.000 maravedís en concepto de indemnización pagaderos en cuatro años (65). La sentencia, si bien parece muy desfavorable a la ciudad, no lo es tanto si se considera que se trata de una  devolución  de  lo  que  nunca  le perteneció.  Por otro  lado,  dejaba zanjada  la  cuestión  y permitía  al monarca,  en  julio  de  ese  año,  confirmar  nuevamente  el  privilegio  que  tenían  los  realengos  de  cortar leña, aprovechar pastos y aguas, y traer carbón y esparto del campo de la Orden sin que ésta les molestase (66).

(63)    1326,  abril  26.  Convento  de  Calatrava.  A.  M.  Ciudad  Real,  núm.  142,  fols.  8r-10-r.  Reg.  BERNABEU, E.: Inventario, p. 30. Cit, DELGADO MERCHAN, L.: Historia documentada, pp. 101-102.
(64)    1329, mayo 9, martes. Madrid. AHN, Calatrava, carp. 431, núm. 222. A. M. Ciudad Real, núm. 14. Reg. BERNABEU,  E.: Inventario,31.  Cit.  DELGADO  MERCHAN,  L.: Historia  documentada, 105.  Cfr.  también  MOXO,  S. de, Relaciones entre la Corona y las Ordenes Militares,134-135.
Pese al acuerdo de 1326, las relaciones entre la ciudad y la Orden no parece que discurrieron por cauces muy normales. Sin que se sepa cuándo ni cómo, viendo los calatravos que el asunto no se solucionaba satisfactoriamente para ellos,  recurren a  la  Santa  Sede.  Y  así,  en  1327 Juan XXI, mediante breve expedido el 3 de diciembre desde Aviñón, se  dirige  al  arzobispo  toledano  para  que  intente  la  reparación  de  injurias.  que  los  de  dicha  Orden  recibían  de  Villa Real. Publ. Bulario de Calatrava,189.
Aunque  el documento  no lo  explicite, es posible  que entre dicha fecha del acuerdo y la de la sentencia últimamente indicada se produjese la situación que refleja el monarca en su dictamen, pero también se habría podido producir  con  anterioridad. No  obstante, el  asunto  permanece un  tanto  oscuro  debido a la vaguedad  del texto pontificio: “conquesti sunt Nobis magister et fratres domus militiae de Calatrava... quod universitas de Villa Regali... super quibusdam villis ad dictam domum spectantibus et rebus aliis injuriantur eisdem.” Estas palabras enlazan directamente con  la  sentencia  de  Alfonso  XI.  Pero  también  el  Pontífice  encarga  expresamente  al  arzobispo  toledano  la  resolución jurídica  del  caso,  añadiendo:  “...mandamus,  quatenus  partibus  convocatis,  audias  causam,  et  appellatione  remota, debito  fine  decidas  faciens,  quod  decreveris  per  censuram  ecclesiasticam  firmiter  observari.”  ¿Dictó  alguna  sentencia el arzobispo? En caso contrario, ¿preçionó sobre el monarca para que éste se encargara del asunto? Lo que no cabe duda es que entre los contenidos del documento pontificio y la sentencia existen íntimas conexiones.
(65)    AHN,  Calatrava,  carp.  431,  núm.  222.  Trasl.  de  1380,  abril  11.  Almagro.  Cit.  DELGADO  MERCHAN, L.: Historia  documentada,103,  y SOLANO,  E.: La  Orden  de  Calatrava  en  el  siglo  XV.  Los  señoríos  castellanos  de  la Orden al fin de la Edad Media, Sevilla, 1978, p. 208. Esta última confunde la fecha con la del traslado. El documento, no obstante, es distinto al de la nota anterior.
(66)    1329,  julio  12.  Madrid.  A.  M.  Ciudad  Real,  núm.  15.  Publ.  DELGADO  MERCHAN,  L.:
Historia  documentada,pp. 367-369. Reg. BERNABEU, E.: Inventario, p. 30


LUIS RAFAEL VILLEGAS DIAZ


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